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Incidente Nº 6 - QUERELLANTE: MASSALIN PARTICULARES S.R.L IMPUTADO: SGJ s/Audiencia de revisión de decisiones del Juez con funciones de ejecución (Art. 381)

El defensor solicitó que el imputado conserve su DNI por razones médicas y de identidad. La Cámara Federal dispuso que el Documento Nacional de Identidad no sea retenido por el Ministerio Público Fiscal y que se entregue, con constancia, a alguno de los garantes conductuales de la prisión domiciliaria.

Medidas cautelares Documento nacional de identidad Ministerio publico fiscal Dni Retencion de documento Prision domiciliaria Competencia penal Atencion medica urgente Audiencia de sustanciacion Garantes conductuales

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Defensa oficial representada por el Dr. Lisandro Álvarez (petición formulada en favor del imputado S.G.J., también denominado Jorquera). Demandado: Ministerio Público Fiscal (como sujeto a quien se había dispuesto la retención del documento). Objeto: Que el imputado conserve su Documento Nacional de Identidad en su poder, en lugar de ser retenido por la Fiscalía, por resultar imprescindible para trámites y, en particular, para atención médica urgente vinculada a su patología. Decisión: Se hizo lugar al pedido en parte: "DISPONER que el Documento Nacional de Identidad de S.G.J no sea objeto de retención por parte del Ministerio Público Fiscal y que, en su lugar, sea entregado, bajo la debida constancia, a alguno de los sujetos constituidos como garantes conductuales de la prisión domiciliaria del nombrado. Devuélvase a la Oficial Judicial para la continuación del trámite."
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): "la defensa hizo especial hincapié en que esta circunstancia adquiere particular relevancia en el caso de Jorquera, porque, dada su patología, pueden suscitarse episodios agudos que requieran atención médica urgente, para lo cual resulta necesario que pueda acreditar su identidad." "Que analizada la cuestión traída a resolver, debemos recordar que el cuadro de salud que aqueja al encausado ha sido determinante para conceder la prisión domiciliaria ... entendemos que en el caso particular resulta atendible la petición de que Jorquera conserve en su poder el DNI físico, frente a la posibilidad de que requiera de una asistencia médica urgente y la necesidad contar con el documento de manera inmediata en una situación semejante." Para conciliar intereses: "resulta apropiado disponer que tal instrumento quede en poder de alguna de las dos personas que se constituyeron como garantes de lo ordenado en la referida audiencia, JMJ o VAJ (cf. Acta de Arresto Domiciliario), de lo que deberá quedar debida constancia."
- Votos en disidencia: No consta disidencia en el pronunciamiento final; la resolución está firmada por ambos Jueces de Cámara.

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