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ACOSTA ALDANA GRACIELA C/ RICOY PANIFICADOS S.R.L. y otros S/ DESPIDO

La actora promovió demanda por despido contra Ricoy Panificados S.R.L. y sus representantes, reclamando indemnizaciones. El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio por $10.000.000 pagaderos en cinco cuotas, con costas a cargo de la demandada y honorarios del 20% para la letrada de la actora.

Audiencia Homologacion Despido Conciliacion Pago en cuotas Ejecucion por incumplimiento Costas a cargo de la demandada Tribunal del trabajo n?2 $10.000.000 Honorarios 20%

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La señora ALDANA GRACIELA A., DNI Nº 43.863.835. Demandado: RICOY PANIFICADOS S.R.L., representada por Dante Adalberto Ricoy, DNI Nº 11.908.884. Objeto: Acción por despido (carátula: "A. ALDANA GRACIELA C/ RICOY PANIFICADOS S.R.L. y otros S/ DESPIDO"), reclamando las sumas y conceptos derivados del despido. Decisión: Las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio y solicitaron su homologación. El Tribunal hizo lugar a la homologación del acuerdo que pone fin al juicio.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes, lenguaje original): "Abierto el acto por la señora presidente e invitadas las partes a conciliar el pleito, luego de conversaciones, las mismas manifiestan haber arribado a un acuerdo conciliatorio que pone fin al presente juicio. El mismo se sustenta en los siguientes términos: la demandada sin reconocer hechos ni derechos acepta abonar por todo concepto reclamado en autos la suma única y definitiva de PESOS DIEZ MILLONES ($10.000.000), la que se hará efectiva mediante depósito judicial en CINCO CUOTAS, mensuales y consecutivas, siendo la PRIMERA de PESOS TRES MILLONES ($3.000.000) a abonarse dentro de los diez dias de homologado el presente acuerdo. La SEGUNDA de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000) y las TRES CUOTAS restantes de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($1.666.666,66)." "La omisión de pago acarreará la caducidad de los plazos y dará derecho a la actora a ejecutar sin más el presente acuerdo. Una vez depositada la totalidad de la suma acordada el actor nada tendrá a reclamar de la demandada con motivo de este juicio. Las costas se convienen a cargo de la demandada y los honorarios de la representación letrada de la parte actora se pactan en el 20% del monto conciliado. Considerando haber arribado a un justo acuerdo, las partes requieren del Tribunal se proceda a homologar el mismo."
- Observaciones sobre la prueba de homologación: El acta de audiencia consigna la solicitud de homologación y la ratificación del acuerdo por la actora, el representante de la demandada y los letrados intervinientes. El acuerdo contiene cláusula de pago en cinco cuotas y expresa que, una vez depositada la totalidad, la actora nada tendrá a reclamar por el juicio.

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