PEREIRA PAOLA ALEJANDRA C/ ASOCIART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
Reclamo por enfermedad profesional (COVID-19) por secuelas respiratorias y psíquicas. El Tribunal hace lugar parcialmente a la demanda, declara inconstitucional el DNU 669/19, rechaza planteos de inconstitucionalidad sobre leyes referidas a la convertibilidad y condena a la ART al pago de $4.855.900 por prestaciones dinerarias de la LRT y normas complementarias.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Paola Alejandra Pereira, representada por Dr. Gian Franco Masitto.
Demandado: Asociart S.A. Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
Objeto: Prestaciones dinerarias por enfermedad profesional (COVID-19) con reconocimiento de incapacidad permanente parcial (se reclamaba 30% física y 10% psíquica) y pedidos de inconstitucionalidad de normas (DNU 669/19; arts. 7 y 10 Ley 23.928; art. 4 Ley 25.561; art. 9 Ley 26.773).
Decisión: Se declara la inconstitucionalidad del DNU 669/19; se rechaza el planteo de inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la Ley 23.928 y art. 4 Ley 25.561 y art. 9 Ley 26.773; se hace lugar parcialmente a la demanda condenando a ASOCIART S.A. a pagar a la actora la suma de Pesos CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS ($ 4.855.900); costas a la demandada; intereses moratorios previstos; pago dentro de diez días y depósito en cuenta sueldo según ley 27.348.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos textualmente, lenguaje original del tribunal):
"DECLARAR la INCONSTITUCIONALIDAD del DNU 669/19 (art. 726 del CCC).-"
"RECHAZAR EL PLANTEO DE INCONSTITUCIONALIDAD de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 y art. 4° de la ley 25.561; y art. 9° de la ley 26.773 (art. 726 del CCC).-"
"HACER LUGAR PARCIALMENTE A LA DEMANDA y condenar a ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO, a pagar a la damnificada PAOLA ALEJANDRA PEREIRA, la suma de Pesos CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CTVOS. ($ 4.855.900), en concepto de prestaciones dinerarias de la LRT y normas complementarias (arts.6 ,14 inc.a, del ap. 2 de la ley 24.557; arts.3° y 17 de ley 26.773; Dec. 1694/09; Dec. 472/14 y art. 11 de la ley 27.348).-"
Además, se transcribe el fundamento esencial sobre la determinación del monto indemnizatorio y la aplicación del RIPTE y tasa activa:
"La referida operación matemática arroja un ingreso base actualizado y con interés que asciende a la suma de Pesos 250.494,19 ( $ 55.783,28 + $ 194.710,91 )
- ... I = ( $ 250.494,19 x 53 x 1.27 x 24 %) = Pesos 4.046.583,34.
- ... Surge entonces que el fundamento de la norma del art. 3° de la ley 26.773, radica en la responsabilidad objetiva del empleador ... en autos, traduce en la suma de Pesos 809.316,66.
- ... a la luz de lo expuesto y visto que la contingencia de autos, sucedió cuando el trabajador se encontraba prestando sus tareas habituales ... corresponde por ello, diferir aquel a condena; ello a la luz del precedente "Godon Pablo David C/Provincia ART SA S/Diferencia Indemnizatoria" (SCBA L 118.532)."
(Se consignan como relevantes los pasajes anteriores por contener la fórmula aplicada, el cálculo del ingreso base actualizado, la suma resultante y la expresa condena por prestaciones dinerarias.)
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