RODRIGUEZ, MARIA CELESTE C/SWISS MEDICAL ART S.A. S/ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La actora promovió acción especial por accidente de trabajo por caída de ascensor y reclamó indemnización por incapacidad permanente parcial y daño psicológico. El Tribunal hizo lugar por mayoría y condenó a la ART a pagar $10.089.594,70 por una incapacidad del 6,1%, declarando inaplicable el DNU 669/2019 y actualizando el IBM con el índice RIPTE.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: María Celeste Rodríguez, representada por la Dra. Agustina Soledad Ali.
Demandado: Swiss Medical A.R.T. S.A., representada por el Dr. Francisco De Cillis.
Objeto: Cobro de indemnizaciones por incapacidad permanente derivada de accidente de trabajo ocurrido el 14/01/2020 (caída del ascensor), con secuelas lumbociatalgia y afección psicológica; impugnación de resolución administrativa que negó incapacidad; aplicación de Ley 24.557 y normas complementarias.
Decisión: Por mayoría, se hizo lugar a la demanda y se condenó a SWISS MEDICAL ART S.A. a abonar en diez días la suma de $10.089.594,70 por un 6,1% de incapacidad permanente parcial, con costas para la demandada; se declaró inaplicable el DNU 669/2019 y se aplicó actualización del IBM mediante el índice RIPTE.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) Sobre el reconocimiento de incapacidad y valoración pericial:
"Que la resonancia de columna lumbosacra informa, abombamiento postero bilateral del disco L4-L5. El electromiograma de los 4 miembros concluye, signos de compromiso C7-C8 derecho, L5-S1 derecho. Y dictamina el experticio que la actora posee diagnostico compatible con lumbociatalgia y que resulta razonable estimar que el cuadro radicular y discal es consecuencia del hecho traumático sufrido, y según el Baremo Ley y Decretos estima que la actora presenta una incapacidad del 5% sobre el total obrero. Propone incorporar como factores de ponderación, dificultad para la realización de tareas habituales, intermedia 10%, posibilidad de reubicación laboral 10% y edad (21 a 30 años) 2%, resultando una incapacidad total del 6.1%."
2) Sobre la cuestión normativa y la inaplicabilidad del DNU 669/2019:
"Por ello, propongo declarar la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del DNU (669/2019) el que, en consecuencia, no resulta aplicable en autos... no se verifica la concurrencia de las razones de necesidad y urgencia que tornaran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución Nacional (art. 99 inc. 3 CN)."
"En la especie la inconstitucionalidad del segundo párrafo del art. 11 de la ley 27.348... y consecuentemente su inaplicabilidad al caso de autos, ordenándose que el crédito actoral se actualice a fin de garantizar el cumplimiento de la función resarcitoria y de respetar la garantía de indemnidad del trabajador (art. 17 CN.)."
3) Cálculo de la indemnización y resultado:
"Dicha operación matemática arroja un ingreso base actualizado y con interés que asciende a la suma de $ 160.070,38 ... y el resultado de la fórmula de ley resulta lo siguiente: $ 160.070,38 x 53 x 65/30 x 6,1% = $ 1.121.266,33."
"siguiendo los lineamientos establecidos en el precedente 'Barrios'... el ingreso base del trabajador asciende en el caso a la suma de $ 1.200.313,44 (coef. 36,100) y la fórmula arroja el siguiente resultado: $ 1.200.313,44 x 53 x 65/30 x 6,1%= $ 8.407.995,59."
"A los valor fijado para la indemnización, deberá incorporarse el porcentaje establecido por el art. 3 de la Ley 26.773, resultando: $ 8.407.995,59 + $ 1.681.599,11 (20%) = $ 10.089.594,70."
4) Dispositivo (extracto):
"Condenando 'SWISS MEDICAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.' a pagar a la actora MARIA CELESTE RODRIGUEZ... la suma total de $10.089.594,70... Vencido el plazo de diez días... se devengará... el interés contemplado en el art. 12 inc. 3) de la ley 24.557... Imponiendo las costas a la demandada vencida (art. 24 ley 15.057)."
- Votos y mayoría: El voto de Dr. Valcarce es extenso y propone declarar la inconstitucionalidad del DNU y aplicar RIPTE; los Dres. Traverso y Bocchio adhieren (Traverso con consideraciones coincidentes y matizaciones sobre intereses y aplicación del RIPTE). La decisión por mayoría aplica lo resuelto en el bloque dispositivo.
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