RAMIREZ JORGE WALTER C/ PROVINCIA ART SA S/ RECURSO CONTRA DECISION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 14997
El actor promovió reclamo laboral y solicitó la homologación de un acuerdo transaccional por incapacidad/controversia médico-laboral. El Tribunal homologó el convenio de fecha 21/09/2026 por $6.000.000 y condenó en costas a la demandada, regulando honorarios y peritos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ramírez Jorge Walter.
Demandado: Provincia ART SA.
Objeto: Recurso contra decisión de Comisión Médica Jurisdiccional y cuestión laboral derivada; las partes acordaron transacción cuya homologación se peticionó (convenio de fecha 21/09/2026).
Decisión: Homologar el acuerdo transaccional por el cual Provincia ART SA abonará al actor PESOS SEIS MILLONES ($6.000.000); imponer costas a la demandada; regular honorarios de letrados y peritos y ordenar pago de tasa de justicia ($132.000) y contribución del 5% ($6.600).
- Fundamentos principales de la decisión (textos literales relevantes):
"Que en fecha 21/09/2026 ambas partes manifiestan haber arribado a un acuerdo conciliatorio cuya homologación peticionan y debo decir que no advierto inconveniente alguno en acoger favorablemente la homologación peticionada, dada la razonabilidad del acuerdo celebrado, la expresa conformidad prestada por las partes intervinientes y la ausencia de violación de norma de orden público alguna."
"Ello así pues, el requisito de homologación establecido por la ley laboral sustantiva en su art. 15 está dirigido a hacer efectivo el 'orden público laboral' en el que prima el principio protectorio hacia el trabajador.
- Ello impone la emisión de un favorable y fundamentado juicio de valor sobre la conveniencia y justicia de la solución alcanzada, circunstancia configurada en autos, en atención a los términos del reclamo deducido, la manera en que quedó trabada la litis, las manifestaciones vertidas por las partes en el convenio de fecha 21/09/2026, las probanzas reunidas hasta el presente y la ratificación personal prestada por el actor en la presentación adjunta al escrito de fecha 22/09/2026 (doct. art. 277 L.C.T.)."
"Valorados los elementos preindicados estimo que la conciliación propuesta presenta una justa composición de derechos e intereses de las partes, por lo que la homologación pedida resulta procedente (art. 15 de la L.C.T. y 30 ley 15.057 y Res. SCBA 1840-24 y 6 sgtes y concordantes de la ley 24.557)."
Bloque dispositivo final (resolutivo):
"I.
- Resultando una justa composición de derechos e intereses de las partes (art. 15 L.C.T.), homologar el referido acuerdo transaccional en los términos expresados en fecha 21/09/2026, por el cual la demandada 'Provincia ART SA' abonará al actor la suma de PESOS SEIS MILLONES CON 0/100 -$6.000.000-, en la forma dispuesta en el art. 277 de la L.C.T.-"
"II.
- Imponer las costas a la demandada..."
"III.
- Fijar los honorarios de la Dra. Glenda Alejandra Figueredo ... VEINTIDOS JUS CON CINCUENTA Y CUATRO CENTESIMOS (22,54) ... Dr. Gonzalo Oscar Rivero ... ONCE JUS CON VEINTISIETE CENTESIMOS (11,27) ... peritos: contadora Laura Luján Serra $300.000 ... fonoaudiólogo Daniel Oscar Sbuttoni $300.000 ... técnico Walter Gabriel Córdoba $300.000..."
"V.
- Intimar a la demandada para que dentro de cinco días acredite en autos el pago de PESOS CIENTO TREINTA Y DOS MIL CON 0/100 -$132.000
- en concepto de tasa de justicia y de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS CON 0/100 -$6.600
- correspondiente a la contribución del 5%..."
- Votos: los tres jueces votaron en el mismo sentido; el dispositivo final refleja la decisión de mayoría.
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