AGÜERA MARIA LUCIANA C/ CASTIGLIONI NORA RAQUEL ANA S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
Homologación de convenio laboral por pago transaccional de $5.358.429,23. El Tribunal del Trabajo de Tandil hace lugar a la homologación y dicta sentencia homologatoria detallando forma de pago, imposición de costas a la demandada y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Agüera Maria Luciana.
Demandado: Castiglioni Nora Raquel Ana.
Objeto: Homologación de convenio/transacción laboral por monto indemnizatorio.
Decisión: Se homologó con fuerza de sentencia el acuerdo alcanzado entre las partes por la suma de $5.358.429,23, con la forma de pago y costas e imposición y regulación de honorarios conforme se detalla.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes del fallo):
"Luego de pormenorizado análisis del acuerdo celebrado por las partes, atento la naturaleza jurídica del convenio, y dado que la parte accionante ha reajustado su pretensión crediticia, encuentro que el mismo establece las bases que permiten asegurar una justa composición de los derechos e intereses de los convinientes, de conformidad con lo establecido en el art. 15 de la ley 20.744 (t.o.).
- Por estas razones me pronuncio en la presente cuestión por la AFIRMATIVA."
"Que atento lo resuelto al tratarse y votarse en la segunda cuestión, corresponde declarar válido el acuerdo celebrado por las partes y homologar el mismo con fuerza de Sentencia, a través del cual la parte demandada se obliga a abonar a la parte actora de autos la suma de pesos CINCO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE CON 23/100 ($5.358.429,23), en concepto de monto transaccional, pagaderos de la siguiente forma: Pago inicial equivalente al 50%: La suma de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CATORCE CON 62/100 ($ 2.679.214,62), que se efectiviza en un único pago en el plazo máximo de 48 hs de suscripto el presente. Saldo restante del 50%: El monto restante $ 2.679.214,62 ... será cancelado en cuatro (4) cuotas mensuales, iguales, consecutivas y compuestas por la suma de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TRES CON 65/100 ($ 669.803,65) cada una. Dichas cuotas vencerán del siguiente modo: Cuota 1 ... dentro de los primeros cinco (5) días hábiles del mes de septiembre de 2026 ... Cuota 4 ... dentro de los primeros cinco (5) días hábiles del mes de diciembre de 2026. Los pagos se acreditarán mediante transferencia o depósito bancario a la cuenta de titularidad de EL TRABAJADOR en el Banco Nación N° de cuenta: CA $ 34505123192964
- Alias: ENERO.PIERNA.PIPA
- CBU: 0110512430051231929647, sirviendo los correspondientes comprobantes bancarios como suficiente recibo de pago y carta de pago en forma. Que corresponde tener presente todo lo expuesto, e imponer las costas del presente litigio a la parte demandada, de conformidad con lo pactado, con eximición del pago de la tasa de justicia, teniéndose por ajustados a derecho los honorarios pactados de los letrados intervinientes en el mínimo de la escala legal ... ASI LO VOTO."
"HOMOLOGAR con fuerza de Sentencia el acuerdo celebrado por la parte actora AGÜERA MARIA LUCIANA y la parte demandada CASTIGLIONI NORA RAQUEL ANA, por la suma de pesos CINCO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE CON 23/100 ($5.358.429,23), en concepto de monto transaccional, que serán pagaderos de la siguiente forma: Pago inicial equivalente al 50%: ... Saldo restante del 50%: ... Dichas cuotas vencerán del siguiente modo: Cuota 1 ... Cuota 4 ... Los pagos se acreditarán mediante transferencia o depósito bancario a la cuenta de titularidad de EL TRABAJADOR ... Téngase presente lo demás expuesto.
- Impónense las costas del presente litigio a la parte demandada de conformidad con lo pactado, sin eximición del pago de la tasa de justicia ... Los honorarios pactados se ajustan a lo normado en los arts. 16, 21, 22, 23, 25, 28 y 43 de la ley 14.967, por lo tanto se regulan los mismos en los montos consignados en la siguiente liquidación: CAPITAL $5.358.429,23 HONORARIOS GIULIANA BIAGGINI 10.06 JUS + 10% HONORARIOS VALENTINA ARCHUBY 10.06 JUS + 10%"
- Votos: los tres jueces (Iacaruso, Persson y Moragas) adhieren y acuerdan la homologación; no existe disidencia.
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