NAVARRO DAIANA MICAELA C/ GUTIERREZ SANDRA LETICIA Y OTROS S/ DESPIDO
La actora promovió demanda por despido y reclama diferencias salariales, rubros proporcionales y otros conceptos. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda contra Sandra Leticia Gutiérrez y Enzo García, condenándolos solidariamente a $1.038.350,81 (al 28/09/2021) y rechazó la demanda contra Marcelo García por falta de acreditación del vínculo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Daiana Micaela Navarro.
Demandado: Sandra Leticia Gutiérrez; Enzo García; Marcelo García.
Objeto: Reclamo por despido, registración del vínculo laboral, diferencias salariales (octubre 2019–agosto 2021), indemnizaciones por despido, días trabajados de septiembre 2021, SAC y vacaciones proporcionales, intereses y costas.
Decisión: El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda contra Gutiérrez y Enzo García, condenándolos solidariamente al pago de $1.038.350,81 (al 28/09/2021) por diferencias salariales (octubre 2019–agosto 2021), días devengados de septiembre 2021 hasta el distracto, SAC (art. 123 LCT), vacaciones proporcionales (art. 156 LCT) e intereses de sentencia ($235.407), rechazándose los demás rubros reclamados; rechazó la demanda contra Marcelo García por no acreditarse relación de dependencia con la actora; reguló costas y diferimiento de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original):
"Habiendo reconocido Gutierrez que Navarro prestó tareas en los comercios que reconoció pertenecerles, correspondía que acreditara la distinta naturaleza jurídica para exonerarse de la presunción establecida en el art. 23 LCT... Si la demandada en el escrito del responde admitió la prestación de servicios, pero negó la relación laboral argumentando la existencia de una locación de obra, a ella le incumbe la prueba de la excepción... No habiéndolo hecho rige la presunción del artículo 23 de la Ley de Contrato de Trabajo."
"Tengo a dicha comunicación postal como auténtica y atribuida su emisión al codemandado Enzo García... tengo por reconocido por este último extrajudicialmente que Navarro también prestó tareas bajo su dependencia laboral, asumiendo con Gutiérrez el rol de empleadores múltiples (art. 26 LCT)."
"En conclusión, no habiéndose acreditado que Navarro extinguió el vínculo jurídico considerándose en situación de despido indirecto... lo tengo desde entonces por concluido por voluntad concurrente tácita de las partes, en los términos del art. 241 LCT desde esa fecha... proceden los siguientes rubros reclamados con independencia del motivo por el que se extingue el vínculo jurídico: 1) Días devengados mes de septiembre 2021 hasta el 28 inclusive... 2) SAC proporcional año 2021 (art. 123 LCT)... 3) Vacaciones proporcionales año 2021 (art. 156 LCT)."
"I
- HACER LUGAR parcialmente a la demanda interpuesta por DAIANA MICAELA NAVARRO contra SANDRA LETICIA GUTIERREZ y ENZO GARCIA y condenar a estos últimos solidariamente al pago de $ 1.038.350,81 (pesos un millón treinta y ocho mil trescientos cincuenta con 81/100) al 28/09/2021... rechazándose los demás rubros pretendidos por la parte actora."
- Votos / mayoría: La resolución es por mayoría; el bloque dispositivo final del Tribunal contiene la decisión que se consignó.
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