Logo

FIGUEROA DANIEL HORACIO C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO

Reclamo por diferencias en la Retribución Especial por Cese por exclusión del concepto Gastos de Representación. El Tribunal hace lugar al reclamo y ordena computar ese ítem como integrante de la base de cálculo de la Retribución Especial por Cese, condenando a la Caja a pagar la diferencia actualizada con intereses.

Intereses Liquidacion Remuneracion Seguridad social Caja de retiros Gastos de representacion 19 Ley 13.982 Retribucion especial por cese 38 76 Dr 1050/09 Primera instancia notas adicionales (breve): Se consignan montos y fechas en autos: ultima remuneracion junio/2023 $966.778 Calculo total alegado $5.800.669 14 vs pagado $5.323.588 Diferencia reclamada $477.080 Deposito original de la retribucion especial por cese en julio/2023.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Daniel Horacio Figueroa, ex agente policial (Comisario Mayor). Demandado: Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires (y, en el dispositivo, la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires). Objeto: Anulación de la RESO-2025-782-GDEBA-MSGP y reconocimiento/pago de las diferencias derivadas de la liquidación incompleta de la Retribución Especial por Cese (art. 45 inc. f) Ley 13.982), por haber omitido incorporar el ítem "Gastos de Representación" en la base de cálculo. Decisión: Se hace lugar a la demanda. Se ordena a la Caja que compute en la Retribución Especial por Cese la asignación mensual denominada "Gastos de Representación" (art. 45 inc. e) ap. 7 y art. 79 DR 1050/09), reconocer la suma a valores actuales y condenar al pago con intereses (6% anual desde el depósito en julio/2023 y luego tasa pasiva más alta del Banco Provincia a 30 días). Se imponen costas a la vencida y se difiere regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones literales relevantes): "A los fines de esta Ley se entenderá por remuneración, la retribución mensual fijada en la normativa salarial vigente por todo concepto para cada escalafón, incluidos los suplementos, bonificaciones, adicionales, servicios de extensión profesional, que tengan el carácter de regulares y habituales y sobre los cuales se hagan aportes previsionales, excepto las asignaciones familiares." (art. 26 Ley 13.236, citado en el fallo) "En suma, siendo que la norma previsional no impone otra exigencia que no sea el desempeño en determinados cargos, no corresponde, por imperativo del artículo 39 inciso 3 de la CN, que por vía hermenéutica se establezca una limitación a los beneficiarios del sistema previsional que no fuera expresamente prevista en el texto legal aplicable, lo que llevaría a incurrir en una interpretación rígida, en abierta contradicción con los principios sentados en materia de seguridad social." "Por ello, en virtud de lo expuesto, procede hacer lugar a la pretensión deducida en autos y condenar a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires, a reconocer el derecho del accionante al pago del reajuste de la liquidación solicitado respecto a la Retribución Especial por Cese del artículo 45 inciso f) de la ley 13.982 abonada, debiendo la autoridad de aplicación computar en la misma el pago de la asignación mensual del artículo 45 inciso e) apartado 7 y 79 del DR 1.050/09 (Gastos de Representación)..." (FALLO, considerando y dispositivo)
- Votos/Mayoría: Sentencia unificada del Tribunal de Primera Instancia (no se consignan votos en disidencia).

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar