Logo

MAZZITELLI BEATRIZ NORA C/ CAJA DE RETIRO JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICIAS DE LA PRO S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION

La actora reclamó la inclusión del adicional “gastos de representación” en su haber jubilatorio. El Tribunal hizo lugar al reclamo y ordenó a la Caja reconocer el adicional con retroactividad al 6-4-2024, aplicar actualización a valores actuales e intereses y cancelar los aportes previsionales adeudados.

Remuneracion Jubilacion Gastos de representacion Seguridad social provincial Aportes previsionales adeudados Actualizacion a valores actuales Intereses (6% anual y tasa pasiva bprov) Jurisprudencia scba (causa lista nocetti barrios) Retroactividad (6-4-2024) Ley 13.982 / dr 1050/09

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Beatriz Nora Mazzitelli, representada por el Dr. Jorge Agustín Villalba. Demandado: Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires. Objeto: Incorporación al haber jubilatorio del adicional “gastos de representación” (art. 45 inc. e) ap. 7) Ley 13.982 y art. 79 DR 1050/09), pago de sumas adeudadas desde el cese y actualización a valores actuales con intereses; y la cancelación de aportes previsionales no efectuados. Decisión: Hacer lugar a la pretensión. Condenar a la Caja a reconocer el pago del adicional “gastos de representación” en el haber jubilatorio desde el 6-4-2024, abonar diferencias y su incidencia en el SAC, aplicar actualización a valores actuales e intereses (6% anual desde cada devengamiento y, luego, la tasa pasiva más alta que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires por depósitos a 30 días) y ordenar la cancelación de los aportes previsionales adeudados. Imposición de costas a la demandada y diferimiento de regulación de honorarios hasta la liquidación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Conforme se desprende de los antecedentes ... el thema decidendum se centra en dilucidar si la peticionante resulta titular del derecho al reajuste de su prestación previsional mediante la integración del concepto denominado 'gastos de representación'...". "Para ello recordó la doctrina de la Suprema Corte provincial, en torno a lo que debe considerarse remuneración (causa B. 54.929, 'Bardi', sent. de 30-V-1.995), para concluir que bajo la denominación 'gastos de representación', se abona en forma periódica, con habitualidad y regularidad y no se otorga exclusivamente en función de la conducta individual del agente, sumado a que no está sujeto a rendición alguna." "Bajo ningún aspecto le quita la naturaleza remunerativa el hecho de la ausencia de aportes, atento a la clara sustancia salarial que posee el adicional bajo análisis, dado que el máximo tribunal provincial ha manifestado en un caso de corte similar, que: '. la falta de aportes sobre el suplemento en cuestión no puede ser imputable al agente retirado, sino que trasunta más bien una defectuosa técnica legislativa del decreto de su creación al exceptuar de aportes a un suplemento que detentaba referidas calidades.' (B. 60.715, 'Nocetti', sent. del 11-VIII-2.010 y ot.)" "En suma, siendo que la norma previsional no impone otra exigencia que no sea el desempeño en determinados cargos, no corresponde, por imperativo del art. 39 inc. 3° de la Constitución provincial, que por vía hermenéutica se establezca una limitación a los beneficiarios del sistema previsional que no fue expresamente prevista en el texto legal aplicable, lo que llevaría a incurrir en una interpretación rígida en abierta contradicción con los principios sentados en materia de seguridad social." "A la luz de todo lo expuesto, corresponde hacer lugar a la pretensión esgrimida y condenar a la Caja ... a reconocer el derecho de la accionante a percibir en sus haberes jubilatorios el pago del adicional por 'gastos de representación' ... con retroactividad a la fecha de cese, esto es, desde el 6-4-2024 ... ello con la correspondiente cancelación de los aportes previsionales no efectuados -adeudados
- por el accionante (arts. 12 incs. 1 y 2, 50 incs. 1 y 2 y concs. del CCA)." Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia relevantes en el expediente; el fallo se funda en la mayoría que emite el dispositivo final.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar