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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ARROYO JONATAN ARIEL S/ APREMIO

El Fisco provincial instó ejecución fiscal contra Jonatan Ariel Arroyo por deuda tributaria. El Tribunal declara perdido el derecho dejado de usar del ejecutado y hace lugar a la ejecución ordenando remate hasta que el ejecutado pague $2.360.989,50 más intereses y costas.

Intereses Costas Ejecucion fiscal Domicilio constituido en estrados Notificacion domicilio fiscal 50 Remate / trance y remate Ley 13.406 / c.p.c.c. Perdida del derecho dejado de usar Ley 10.397 (codigo fiscal) Deuda tributaria $2.360.989

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: Sr. JONATAN ARIEL ARROYO. Objeto: Ejecución fiscal y cobro de capital reclamado por título ejecutivo (deuda tributaria) por PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON CINCUENTA CENTAVOS ($2.360.989,50) más intereses. Decisión: Se hace lugar a la causa de trance y remate, ordenando continuar la ejecución hasta el íntegro pago de la suma reclamada más intereses y con costas a cargo del ejecutado; se tiene por constituido el domicilio en los estrados del juzgado por incumplimiento del demandado; difiérese la regulación de honorarios hasta que obre liquidación firme.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos más relevantes): "Atento al estado de estas actuaciones, siendo que la parte demandada fue notificada en el domicilio fiscal constituído sito en calle Maipu N° 270 de la ciudad de San Nicolás en la Provincia de Buenos Aires (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, texto según Ley 14.333) sin que haya opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido; procede darle por perdido el derecho dejado de usar y dictar este pronunciamiento (arts. 7, 9 Ley 13.406, 155 y 549 C.P.C.C.), el que para la parte ejecutada quedará notificado ministerio de ley en los estrados de este juzgado (art. 13 última parte de la ley 13.406)." "1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Sr. JONATAN ARIEL ARROYO haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON CINCUENTA CENTAVOS ($2.360.989,50), con más sus intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397, texto ordenado año 2.011 y con costas a su cargo (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)." "Otra parte resolutiva relevante: 3º) No habiendo la parte demandada, dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituído el domicilio en los estrados del juzgado (art. 13 última parte Ley 13.406)."

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