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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ BERMUDEZ LUCAS NICOLAS S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución fiscal por apremio provincial reclamando capital e intereses. El Tribunal ordenó la traba de ejecución y remate hasta lograr el pago íntegro de PESOS 2.872.953,10 más intereses conforme al art. 104 del Código Fiscal, imponiendo costas a la parte demandada por resultar vencida.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Trance y remate Costas a la vencida Ley 13.406 Perdida del derecho a excepciones 10 Fisco de la provincia de buenos aires Intereses art. 104 codigo fiscal Domicilio procesal constituido Pago capital $2.872.953

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Bermudez Lucas Nicolás. Objeto: Ejecución fiscal (apremio provincial) para el cobro del capital reclamado de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 10/100 ($2.872.953,10) más los intereses legales desde la interposición de la demanda (06/07/2026) hasta su efectivo pago. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución: la causa quedó en trance y remate, ordenando llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado con aplicación de intereses según el art. 104 del Código Fiscal; se impusieron las costas a la demandada y se tuvo por constituido su domicilio procesal en el expediente.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
- "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406)."
- "Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dispuesto por los arts. 1, 7, 10, 13 y 25 de la Ley 13.406."
- FALLO (transcripción íntegra de los puntos relevantes): 1) "Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto BERMUDEZ LUCAS NICOLAS haga al acreedor Fisco de la Provincia de Buenos Aires, íntegro pago del capital reclamado de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 10/100 ($2.872.953,10), al que se le aplicarán los intereses establecidos y en la forma determinada por el art. 104 del Código Fiscal (Ley 10.397, t.o. Res. 39/11), desde la interposición de la demanda (06/07/2026) y hasta su efectivo pago." 2) "Imponiendo las costas a la parte demandada, atento su carácter de vencida (arts. 68 y 556 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406), difiriendo la regulación de honorarios (art. 51 Ley 14967)." 3) "Tiénese por constituído en los estrados del Juzgado el domicilio procesal de la parte demandada (arts. 7, 13 última parte de la Ley 13.406; y 41 del C.P.C.C.)."
- Observaciones procesales relevantes: se registra la falta de oposición de excepciones por parte del demandado dentro del término legal; notificación por Secretaría.

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