FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PRODUCTOS ROCHE S.A. QUIMICA E INDUSTRIAL S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial promovió apremio provincial contra PRODUCTOS ROCHE S.A. por una deuda de capital de $3.024.000. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado más intereses desde la interposición de la demanda (06/05/2026), impuso las costas a la vencida y constituyó domicilio procesal en los estrados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
Demandado: PRODUCTOS ROCHE S.A. QUIMICA E INDUSTRIAL.
Objeto: Cobro ejecutivo por apremio provincial del capital reclamado de PESOS TRES MILLONES VEINTICUATRO MIL CON 0/100 ($3.024.000,00) más intereses.
Decisión: Se ordenó continuar con la ejecución hasta que el demandado pague íntegramente el capital reclamado y los intereses; se impusieron las costas a la vencida; se constituyó domicilio procesal en los estrados y se dispondrá la notificación electrónica.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del Tribunal):
"RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado PRODUCTOS ROCHE S.A QUIMICA E INDUSTRIAL haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS TRES MILLONES VEINTICUATRO MIL CON 0/100 ($3.024.000,00). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -6/5/2026
- y hasta su efectivo pago.-
2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 51 y concs. del Decreto-Ley 8.904/77 y modificatorias).-
3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 7/5/2026, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénese por constituído su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifiquese electrónicamente por secretaría al domicilio 20216335466@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR.-"
- Hechos procesales relevantes consignados por el Tribunal: el actuario informó que el demandado fue intimado en su domicilio de Av. Leandro N. Alem 986 Piso 10°, CABA, no opuso excepciones dentro del plazo legal y por ello "dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)." El mandato cita legislación aplicable: ley 13.406 y artículos 540, 549 y concordantes del CPCC.
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