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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ BIGLIARDI FERNANDA ANALIA S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal por apremio provincial contra la ejecutada por deuda tributaria. El Tribunal dictó sentencia de trance y remate ordenando llevar adelante la ejecución hasta que la demandada cancele íntegramente $770.160,50 con intereses según art. 104 del Código Fiscal; impone costas al vencido.

Sentencia de trance y remate Ejecucion fiscal Domicilio constituido Apremio provincial Deuda tributaria Costas al vencido Ley 13.406 Cpcc. Intereses art. 104 codigo fiscal 50 $770.160

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: FERNANDA ANALIA BIGLIARDI. Objeto: Ejecución coactiva (apremio provincial) para el cobro del capital reclamado de Pesos SETECIENTOS SETENTA MIL CIENTO SESENTA CON 50/100 ($770.160,50) más intereses. Decisión: Se tuvo por constituido el domicilio de la ejecutada en los estrados del Juzgado; se dictó sentencia de trance y remate para continuar la ejecución hasta el pago íntegro de $770.160,50 más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal; se impusieron las costas al vencido y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes, lenguaje original del Tribunal): "El demandado FERNANDA ANALIA BIGLIARDI, cuya intimación de pago y de constitución de domicilio fue realizada en el domicilio Fiscal: Calle INGLATERRA
- Nro. 832
- CP. 8000
- Loc. BAHIA BLANCA (ver mandamiento adjuntado digitalmente), no ha opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido. Dásele por perdido, en consecuencia, el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC)." "Por ello, conforme lo pedido y dispuesto por la Ley 13.406, RESUELVO: 1) Tener por constituido el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7, Ley 13.406 y 41 del CPCC). 2) Dictar sentencia de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado FERNANDA ANALIA BIGLIARDI haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado de Pesos SETECIENTOS SETENTA MIL CIENTO SESENTA CON 50/100 ($770.160,50). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (TO Resolución 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. 3) Imponer las costas al vencido (arts. 25, Ley 13.406 y 556, CPCC) y diferir la regulación de honorarios para su oportunidad." (Se mantiene la literalidad de los párrafos citados del decisorio. No consta en el extracto el nombre del juez que firmó la resolución.)

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