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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DEMATEO ROBERTO PABLO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución fiscal por apremio reclamando capital de $1.811.935,50 y constituyó domicilio procesal. El Tribunal dictó sentencia de trance y remate, ordenando la ejecución hasta el íntegro pago del capital más intereses según art. 104 del Código Fiscal e imponiendo las costas al vencido.

Sentencia de trance y remate Ejecucion fiscal Apremio provincial Costas al vencido Constitucion de domicilio Ley 13.406 155 116 Fisco de la provincia de buenos aires Intereses art. 104 codigo fiscal Deudor ejecutado Cpcc (arts. 41 556)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: ROBERTO PABLO DEMATEO. Objeto: Ejecución fiscal (apremio provincial) por capital reclamado de Pesos UN MILLÓN OCHOCIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO CON 50/100 ($1.811.935,50), con aplicación de intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la fecha de interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Decisión: Se tuvo por constituido el domicilio del ejecutado en los estrados del Juzgado; se dictó sentencia de trance y remate ordenando llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del monto reclamado con intereses; se impusieron las costas al vencido y se diferió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes): "El demandado ROBERTO PABLO DEMATEO, cuya intimación de pago y de constitución de domicilio fue realizada en el domicilio Fiscal: Calle AVENIDA RIVADAVIA
- Nro. 1150
- Dto. 2
- CP. 7500
- Loc. TRES ARROYOS (ver mandamiento adjuntado digitalmente el 24/8/2026), no ha opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido. Dásele por perdido, en consecuencia, el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC)." "Por ello, conforme lo pedido y dispuesto por la Ley 13.406, RESUELVO: 1) Tener por constituido el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7, Ley 13.406 y 41 del CPCC). 2) Dictar sentencia de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado ROBERTO PABLO DEMATEO haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado de Pesos UN MILLON OCHOCIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO CON 50/100 ($1.811.935,50). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (TO Resolución 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda y hasta su efectivo pago." "3) Imponer las costas al vencido (arts. 25, Ley 13.406 y 556, CPCC) y diferir la regulación de honorarios para su oportunidad."

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