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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SAYAL MARIO DAVID S/ APREMIO PROVINCIAL

Apremio provincial contra Mario David Sayal por deuda fiscal por $4.352.919,50. El Tribunal ordenó continuar la ejecución y remate hasta obtener el pago íntegro del capital reclamado más intereses, imponiendo las costas al vencido y constituyendo domicilio en los estrados por notificación personal.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Costas al vencido Trance y remate Art. 104 codigo fiscal Fisco provincia de buenos aires Domicilio constituido en estrados Notificacion por ministerio legis. Perdida de excepciones (art.155 cpcc) 50. Monto $4.352.919

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Mario David Sayal. Objeto: Ejecución por deuda fiscal por el capital reclamado de Pesos CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE CON 50/100 ($4.352.919,50) más intereses según art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (14/8/2026) hasta su efectivo pago; medida de trance y remate. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución y se mandó llevar adelante la ejecución y remate hasta el pago íntegro del capital e intereses; se impusieron las costas al vencido; se tuvo por constituido el domicilio del demandado en los estrados y se ordenó notificación por Ministerio Legis.; se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes del fallo): "Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, conforme surge del mandamiento de intimación de pago diligenciado en el domicilio FISCAL: CALLE LIBERTAD
- NRO. 797
- CP. 6505
- LOC. DUDIGNAC, se le da por perdido el derecho que para hacerlo tenía (art. 155 CPCC)." "I.
- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado MARIO DAVID SAYAL, haga al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE CON 50/100 ($4.352.919,50) con más los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (T.O. Res. M.E. Nº 39/11) desde la interposición de la demanda, esto es, el 14/8/2026 y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (arts. 51 inciso 1º del CPCA -texto según ley 14.437)." "II.
- Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 24/8/2026, conforme emerge de los términos del acta de mandamiento acompañado en archivo digital adjunto a la presentación de fecha 1/9/2026, téngase por constituido su domicilio en los estrados del juzgado (art. 7 Ley 13406). Disponiéndose en consecuencia, que la presente y las próximas providencias sean notificadas por Ministerio Legis." "III.
- Difiérese la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el artículo 51 de la Ley Nº 14.967. REGÍSTRESE. Notifíquese al Dr. MAGE ANDRES MARTIN en 20184344727@notificaciones.scba.gov.ar y al accionado en los términos del art.133 del CPCC (cfme art. 13 de la Ley 13.406)."

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