FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SUAREZ MIGUEL ANGEL S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial promovió apremio provincial para cobrar $911.692,60 más intereses por incumplimiento fiscal. El Tribunal hizo lugar a la ejecución ordenando llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro e imponiendo las costas al vencido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
Demandado: Miguel Ángel Suárez.
Objeto: Ejecución por deuda fiscal por PESOS NOVECIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 60/100 ($911.692,60) más intereses del art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta el efectivo pago.
Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; intimado y notificado el demandado en su domicilio fiscal, se ordena continuar la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado más intereses; costas al vencido; regulación de honorarios postergada; constitución de domicilio en los estrados del Juzgado y notificación ministerio legis.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones dentro del término legal, conforme lo dispuesto por la Ley 13.406, habiendo sido intimado de pago y notificado de la presente en el domicilio FISCAL: CALLE SOLIS
- NRO. 250
- CP. 7130
- LOC. CHASCOMUS;"
"FALLO: 1) Mándese llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado MIGUEL ANGEL SUAREZ haga al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado de PESOS NOVECIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 60/100 ($911.692,60) con más los intereses del art. 104 del Código Fiscal, desde la fecha de interposición de la demanda y hasta el día del efectivo pago, imponiendo las costas al vencido (art. 68, 556 del CPCC). 2) Postérguese la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista en el artículo 51 de la ley 14967. 3) Tiénese a la demandada por constituído el domicilio en los Estrados del Juzgado, quedando notificada "ministerio legis" de la presente y futuras resoluciones que recayeran en autos (arts. 13 y 25 Ley 13.406; 41 y 133 del CPCC). REGISTRESE."
"La presente se notifica conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 SCBA."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: