MOREL, MARTIN LEOPOLDO Y OTROS c/ EN - M DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Regulan honorarios por incidencia de ejecución: la Cámara hizo lugar al recurso subsidiario del apoderado y revocó la providencia de fecha 7/05/2026, ordenando que se regulen los honorarios solicitados por el Dr. Ricardo Carlos Köhler. Asimismo, se impusieron las costas de la incidencia por su orden.
¿Quién es el actor?
Morel, Martín Leopoldo y otros (parte actora).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional – Ministerio de Defensa.
- Objeto de la demanda: regulación de honorarios del letrado apoderado por tareas desarrolladas en la incidencia de ejecución de sentencia (liquidación complementaria de intereses y tareas posteriores a la regulación de trance y remate).
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar al recurso interpuesto, en subsidio, por el letrado apoderado de la parte actora, revocó lo decidido por el Tribunal a quo con fecha 7/05/2026 y ordenó que se regulen los honorarios solicitados por el Dr. Ricardo Carlos Köhler; además impuso las costas de la incidencia por su orden.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"IV.
- Que es preciso señalar que de la compulsa de los presentes actuados, surge que el decisorio impugnado se aparta de lo expresamente dispuesto en los artículos 29, inciso g), 41 y 48 de la ley 27.423, que establecen la procedencia de la regulación de los honorarios de los profesionales por los trabajos que se realicen en el marco de la incidencia generada por la ejecución de la sentencia, los cuales, tal como lo indica la normativa citada, deben ser considerados como una etapa dentro del desarrollo del proceso. Ello así, y contrariamente a lo sostenido por el Tribunal de grado, los trabajos realizados por el letrado apoderado de la parte actora –Dr. Köhler–, a los fines de superar la negativa de la demandada a cumplir con la sentencia, con el objeto de lograr el total acatamiento del mandato contenido en el pronunciamiento del 25/04/2019 –todo lo cual resulta con total claridad de las constancias de autos– deben ser remunerados."
"Por lo que corresponde hacer lugar al recurso de apelación deducido y, por tanto, admitir el pedido de regulación efectuado, debiendo en su caso la Señora Magistrada de grado determinar a cargo de quién quedará el pago de los mismos, en razón de las constancias que surgen de la causa."
- Disidencia: No consta voto en disidencia; la Parte Resolutiva consignada es la decisión adoptada por la mayoría.
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