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CASTROSIN, CLAUDIA ROSANNA c/ EN-M JUSTICIA s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)

Medida cautelar autónoma de empleada pública con discapacidad para exigir asignación de tareas, pago de haberes y regularización administrativa. La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la desestimación de la cautelar por entender que no se acreditó la verosimilitud del derecho ni el peligro en la demora, exigencias reforzadas tratándose de una medida innovativa contra la Administración.

Costas Interes publico Persona con discapacidad Verosimilitud del derecho Administracion publica Empleo publico Via de hecho Medida cautelar autonoma Periculum in mora Art. 68 c.p.c.c.n.


¿Quién es el actor?

Claudia Rosanna Castrosin Verdu (actora demandante).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Justicia.
- Objeto de la demanda: medida cautelar autónoma solicitando que se ordene la regularización inmediata de su situación laboral (asignación efectiva de tareas), el pago de salarios adeudados y la entrega de documentación laboral; además, sanciones conminatorias para el caso de incumplimiento. La actora invoca asimismo trato discriminatorio por su condición de persona con discapacidad y la existencia de una vía de hecho.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación y, en consecuencia, se confirmó la resolución de fecha 1/07/2026 que había desestimado la medida cautelar solicitada. Se impusieron las costas de Alzada a la actora, distribuidas en el orden causado por las particularidades del caso (art. 68, segundo párrafo, C.P.C.C.N.).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) "VIII.
- Que, a la luz de las pautas precedentemente expuestas, los agravios de la recurrente no resultan suficientes para desvirtuar la conclusión alcanzada en la instancia de grado en cuanto a la ausencia de verosimilitud del derecho necesaria para acceder a la tutela pretendida." 2) "IX.
- Que no modifica esta conclusión el argumento de la recurrente según el cual la ausencia de un acto administrativo que hubiera dispuesto su cesantía, suspensión o modificación de su situación de revista permitiría tener por configurada una vía de hecho contraria a la ley 19.549... En tales condiciones, establecer si la falta de asignación de tareas y de percepción de haberes carece de sustento jurídico y constituye una vía de hecho, como afirma la recurrente, o si encuentra fundamento en las consecuencias que la Administración atribuye a las inasistencias que considera injustificadas, supone precisamente dilucidar las cuestiones controvertidas anteriormente señaladas." 3) "XI.
- Que, por otro lado, tampoco se encuentra suficientemente acreditado el peligro en la demora... Tales circunstancias no pueden ser desconocidas; sin embargo, por sí solas no demuestran que la demora hasta el dictado de la sentencia definitiva pueda ocasionar un perjuicio de imposible o muy difícil reparación ulterior."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en la parte dispositiva final; la decisión corresponde al acuerdo de la Cámara.

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