PHILIPS ARGENTINA SA (TF 110016580-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
Recurso directo contra la regulación de honorarios practicada por el Tribunal Fiscal de la Nación por la Dirección General de Aduanas. La Cámara modificó la regulación y redujo los honorarios fijados, concluyendo que la base utilizada por el a quo produjo montos desproporcionados y aplicando la fórmula legal que pondera monto involucrado, naturaleza y eficacia del trabajo.
¿Quién es el actor?
PHILIPS ARGENTINA S.A.
¿A quién se demanda?
DGA (Dirección General de Aduanas) / Tribunal Fiscal de la Nación (en cuanto a la regulación de honorarios).
- Objeto de la demanda: Recurso directo contra la regulación de honorarios practicada por el Tribunal Fiscal de la Nación (resolución de fecha 11/08/2025).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la regulación de honorarios de fojas 2762/2764 y redujo los honorarios fijados para el Dr. Enrique C. Barreira a 178,26 UMAs ($18.578.257,20), para el Dr. Jorge E. Rodríguez Larreta a 8,91 UMAs ($928.600,20) y para la perito contadora Luisina Ivanna Elsesser a 55,71 UMAs ($5.806.096,20), los cuales se imponen a cargo de la parte demandada; además aclaró que no se incluye IVA en esos importes y ordenó su depósito si correspondiera.
- Fundamentos principales (textos transcritos):
"Al ingresar al análisis de las apelaciones de los honorarios regulados en autos por el Tribunal Fiscal de la Nación, se advierte que el a quo determinó que la base regulatoria se integre con el importe de los tributos cuestionados, convertidos a pesos a la fecha de la sentencia, con más los intereses devengados sobre dicho importe, calculados hasta esa misma fecha. Ello produce como resultado el cálculo de honorarios desproporcionados y no ajustados a los trabajos realizados en la causa."
"Cabe puntualizar que este Tribunal utiliza una fórmula que, conforme lo prevé la ley aplicable, tiene en consideración el monto involucrado, la naturaleza de los trabajos, el resultado obtenido y la extensión, calidad y eficacia del trabajo cumplido ante la anterior instancia."
"En tales condiciones, corresponde modificar la regulación de fojas 2762/2764 y reducir los honorarios... los que se encuentran a cargo de la parte demandada de conformidad con la imposición de costas dispuesta en el pronunciamiento de fojas 2741/2750 (conf. arts. 16, 20, 21, 24, 29, 31 y concordantes de la Ley N° 27.423 y Resolución SGA 1930/2026)."
- Disidencias: No consta voto en disidencia en el pronunciamiento final.
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