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DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN DE TASA DE JUSTICIA Y COBRO DE HONORARI C/ SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOPERATIVA LIMITADA S/ INCIDENTE DE EJECUCION DE TASA DE JUSTICIA

Incidente de ejecución de tasa de justicia para cobrar $63.030 por Tasa de Justicia originada en autos nº 85806. El Tribunal hizo lugar al incidente, disponiendo continuar la ejecución hasta el pago del capital más intereses desde el 11/09/2023 e imponiendo las costas a la parte ejecutada.

Costas Ejecucion Tasa de justicia Incidente de ejecucion Intereses legales Art. 506 cpcc Seguros bernardino rivadavia Liquidacion judicial de honorarios Mora 11/09/2023 Departamento de ejecucion de tasa de justicia.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Departamento de Ejecución de Tasa de Justicia y Cobro de Honorarios de Peritos Oficiales de Lomas de Zamora. Demandado: Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada. Objeto: Cobro de la Tasa de Justicia liquidada en autos "GALVAN CAROLINA DAIANA ANABEL Y OTRO/A C/ PARMA IGNACIO ALFREDO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)" Nº 85806, por la suma de PESOS SESENTA Y TRES MIL TREINTA ($ 63.030.-), mediante incidente de ejecución (trance y remate). Decisión: Se hizo lugar al incidente y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada efectúe el íntegro pago del capital adeudado ($63.030), con intereses legales desde la mora del 11/09/2023; se impusieron las costas a la parte ejecutada y se difirió la regulación de honorarios para cuando exista liquidación judicial aprobada.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual aparecen en la sentencia): "No habiendo la parte ejecutada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar.- Por ello, conforme a lo pedido y lo dispuesto por el art. 506 y cc. del CPCC. RESUELVO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOPERATIVA LIMITADA, haga a la parte acreedora DEPARTAMENTO DE EJECUCION DE TASA DE JUSTICIA Y COBRO DE HONORARIOS DE PERITOS OFICIALES DE LOMAS DE ZAMORA, íntegro pago del capital adeudado que asciende a la suma de PESOS SESENTA Y TRES MIL TREINTA ($ 63.030.-), provenientes de la Tasa de Justicia liquidada en los autos 'GALVAN CAROLINA DAIANA ANABEL Y OTRO/A C/ PARMA IGNACIO ALFREDO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)' Nº: 85806. La suma indicada devengará intereses legales que se calcularán desde la fecha de mora acaecida el día 11/09/2023, es decir a los 10 días de quedar firme la intimación al pago del mentado tributo, en los términos de la Ac. 4013/21, hasta el efectivo pago, conforme la tasa de interés prevista en el Código Fiscal provincial vigente (art. 96 ley 10397 y sus modif.; doct. y arg. arts. 767, 768 y ccs. del Digesto Civil y Comercial de la Nación; conf. SCBA, C. 104.407, S. 11-03-2013). Impónense las costas del proceso a la parte ejecutada al resultar vencida (arts. 68 y 556 del CPCC). Diferiérese la regulación de honorarios para el momento en que exista liquidación judicial aprobada. REGISTRESE. Notifíquese en los domicilios electrónicos correspondientes (art. 135 CPCC; SCBA, Ac. 4013/21, texto según Ac. 4039/21).-"

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