RODRIGUEZ MARIA ANDREA Y OTRO/A C/ CUGNETTO EMILIANO JOSE DANIEL S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Los actores reclamaron indemnización por la muerte de la niña Malena Anahí Carreira a raíz de un accidente de tránsito. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda, atribuyó responsabilidad concurrente (70% al conductor, 30% a la víctima), condenó a Cugnetto al pago de $102.380.936 (con extensión a la aseguradora en la medida del seguro actualizado) y absolvió parcialmente en otras pretensiones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: María Andrea Rodríguez y Rubén Osvaldo Carreira (por derecho propio y en representación de sus hijos menores en el inicio), y los hermanos Macarena, Lautaro, Camila, Jeremías y Tadeo Carreira.
Demandado: Emiliano José Daniel Cugnetto; citada en garantía Copan Cooperativa de Seguros Limitada.
Objeto: Indemnización por daños y perjuicios derivados del accidente de tránsito ocurrido el 3/10/2017 en Diagonal 74 que provocó el fallecimiento de la menor Malena Anahí Carreira; rubros reclamados: pérdida de chance (valor vida), daño moral, daño psíquico, gastos de sepelio, tratamiento psicológico, intereses y costas.
Decisión: Se desestimó la excepción sobre legitimación; se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se atribuyó responsabilidad en forma concurrente: 70% a Cugnetto y 30% al hecho de la víctima. Se condenó a Cugnetto a pagar, dentro de los diez días de quedar firme, la suma total de $102.380.936 (ya reducida conforme la concurrencia causal) distribuida entre los actores en los montos detallados en el fallo; se extendió la condena a Copan Cooperativa de Seguros Limitada en la medida del seguro, tomando como límite actualizado de cobertura $208.000.000; se impusieron las costas al demandado y a la citada en garantía; se difirió regulación de honorarios. Se aplicaron intereses: tasa pura 6% anual desde el hecho hasta la sentencia sobre las partidas determinadas a valores actuales; desde la notificación para el tratamiento psicológico futuro.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo, lenguaje original):
1) Sobre la no limitación por el proceso penal y la valoración de sus constancias:
"El Código Civil y Comercial consagra, como principio, la independencia entre la acción civil y la penal (art. 1774), aunque establece determinados efectos vinculantes de la sentencia recaída en esta última sede... En tal sentido, se ha señalado que la sentencia penal absolutoria, a la que cabe asimilar el sobreseimiento definitivo, sólo impide revisar en sede civil la inexistencia del hecho principal y la ausencia de autoría o participación... Por ello, aun cuando los precedentes hayan sido dictados durante la vigencia del régimen anterior, sus fundamentos resultan directamente trasladables a la interpretación del actual art. 1777 del Código Civil y Comercial..."
2) Sobre la atribución de responsabilidad y la concurrencia causal:
"Ponderadas todas esas circunstancias, considero que la conducta del demandado tuvo una incidencia causal marcadamente preponderante... En consecuencia, corresponde atribuir al demandado el setenta por ciento (70%) de responsabilidad por las consecuencias dañosas del accidente y el treinta por ciento (30%) restante al hecho de la víctima, proporción en la que quedó acreditada la ruptura parcial del nexo causal..."
3) Bloque decisorio (extracto del fallo):
"FALLO: ... 2) Hacer lugar parcialmente a la demanda promovida por los nombrados contra Emiliano José Daniel Cugnetto, a quien se condena a abonar, dentro del plazo de diez días de quedar firme la presente, la suma total de pesos ciento dos millones trescientos ochenta mil novecientos treinta y seis ($102.380.936) -ya reducida conforme la incidencia causal atribuida al hecho de la víctima en el considerando IV-, distribuida del siguiente modo: a) a María Andrea Rodríguez, $33.514.992; b) a Rubén Osvaldo Carreira, $41.500.984; c) a Macarena Ayelén Carreira, $4.002.992; d) a Lautaro Nahuel Carreira, $4.002.992; e) a Camila Solange Carreira, $11.352.992; f) a Jeremías Catriel Carreira, $4.002.992; y g) a Tadeo Ezequiel Carreira, $4.002.992, con más los intereses establecidos en el considerando VII; 3) Hacer extensiva la condena a Copan Cooperativa de Seguros Limitada, en los términos y con los alcances establecidos en el considerando VIII, tomando como límite de cobertura la suma de $208.000.000..."
(Se reprodujeron los párrafos que el Tribunal consideró centrales: el tratamiento del valor probatorio del expediente penal y la determinación de la concurrencia causal 70%/30%, y el dispositivo con las sumas impuestas.)
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