LOPEZ ENRIQUE EDUARDO C/ HIDALGO ELIAS ARIEL Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Reclamo indemnizatorio por accidente de tránsito contra conductor y su aseguradora por maniobra en zigzag que invadió el carril contrario. El Tribunal hizo lugar a la demanda, condenó a Hidalgo y extensivamente a Orbis Seguros al pago de $28.450.000 más intereses y costas, por entender acreditada la maniobra prohibida del conductor demandado y la existencia de secuelas físicas y psíquicas del actor.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Enrique Eduardo Lopez.
Demandado: Elías Ariel Hidalgo y, en garantía/extensión, Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A. (actualmente en liquidación).
Objeto: Indemnización por daños y perjuicios derivados de un siniestro de tránsito ocurrido el 30/7/2014 (incapacidad física y psíquica, gastos de farmacia, radiografías, asistencia profesional y traslado y daño moral). Petición inicial por $925.000 y/o lo que resultare de la prueba.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda. Se condenó a Hidalgo a abonar $28.450.000 dentro de los diez días de aprobada la pertinente liquidación, con intereses desde el 30/7/2014 al 6% anual hasta la sentencia y luego a la tasa pasiva más alta del Banco Provincia por depósitos a 30 días; se extendió la condena a Orbis Seguros hasta el límite de $208.000.000; se impusieron las costas a Hidalgo y a Orbis; se difirió la regulación de honorarios hasta que quede firme la liquidación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los 2-3 párrafos más relevantes del fallo, lenguaje original):
"En definitiva, tengo por acreditado que Hidalgo, al intentar sortear los reductores de velocidad existentes sobre su mano de circulación, emprendió una maniobra prohibida e invadió el carril de desplazamiento del actor, interponiéndose en su línea de marcha. Tal proceder importó circular parcialmente en contramano y creó una situación de riesgo para quien transitaba reglamentariamente en sentido opuesto (art. 48 inc. c de la ley 24.449).
Asimismo, la coincidencia de los testigos acerca de que López llevaba colocado el casco priva de sustento fáctico a la conducta culposa que el demandado y su citada pretendieron atribuirle por su supuesta falta de utilización.
En esa inteligencia, descarto la eximente invocada con sustento en la pretendida culpa de la víctima y decido atribuir responsabilidad exclusiva a Elías Ariel Hidalgo en la producción del siniestro (arts. 7 Cód. Civ. y Com.; 906, 1111, 1113 y cctes. Cód. Civ.; 48 inc. c de la ley 24.449; 375, 384, 456, 474 y cctes. CPCC; CAZEAUX-TRIGO REPRESAS, Compendio de derecho de las obligaciones, 2.ª ed. actualizada, tomo 2, págs. 586/589)."
"En consecuencia, trasladando los parámetros desarrollados a la fórmula antes indicada, los guarismos resultantes son los siguientes: ... Ello arroja como resultado final la cantidad para Lopez de $21.650.000 (esto es: C= $1.521.690,24 x 14,23). En función de lo expuesto, teniendo en consideración los antecedentes mencionados, el resultado de los cálculos matemáticos efectuados, la edad de Lopez al momento del hecho (42 años) y el tiempo razonable restante para la realización de tareas productivas hasta los 75 años -eso es, 33 años faltantes-, las repercusiones económicas en las demás aptitudes vitales de la víctima; el porcentual de incapacidad estimado -33,04%
- y el salario antes indicado por doce meses, fijo este rubro en la suma total para Lopez de $21.650.000, según valores vigentes a la fecha del pronunciamiento (arts. 772, 1746 y cctes. Cód. Civ. y Com.; 34 inc. 4, 163 inc. 6, 375, 384, 474 del CPCC)."
"No tengo dudas que el accidente alteró el estado espiritual de Lopez. En esta difícil tarea de cuantificar el rubro, estimo que frente al hecho vivenciado y las circunstancias que lo rodean, una razonable -a la par de justa
- suma está constituida por la cantidad de $6.500.000 según valores vigentes a la fecha de este pronunciamiento (arts. 7, 772, 1738 y 1741 Cód. Civ. y Com.; 1078 Cód. Civ.; 165, 384 CPCC)."
Dispositivo final (transcripción):
"RESUELVO: Primero: Hacer lugar a la demanda por indemnización de daños y perjuicios promovida por Enrique Eduardo Lopez contra Elías Ariel Hidalgo, quien deberán abonarle -dentro de los diez días de aprobada la pertinente liquidación
- la suma de $28.450.000, con más los intereses que se calcularán desde la fecha del hecho 30/7/2014 y hasta el día en que se emite esta sentencia a la alícuota del 6 % anual; y de aquí en más, y hasta el efectivo pago, mediante la utilización de la tasa pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a treinta (30) días, vigente al inicio de cada uno de los períodos comprendidos y, por aquellos días que no alcancen a cubrir el lapso señalado, el cálculo será diario con igual tasa. Segundo: Hacer extensiva la condena a Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A. -actualmente en liquidación-, según lo expuesto en el considerando VI, esto es hasta el límite de $208.000.000. Tercero: Imponer las costas al demandado vencido Hidalgo y la citada Orbis Seguros -actualmente en liquidación-. Cuarto: Diferir la regulación de los honorarios a la totalidad de los profesionales intervinientes, hasta la oportunidad en que quede firme la liquidación respectiva. Regístrese. Notifíquese electrónicamente."
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