FARONI JOSÉ AGUSTIN S/ SUCESION AB-INTESTATO
Solicitud de declaratoria de herederos por fallecimiento de José Agustín Faroni. El Tribunal declaró que, por fallecimiento ocurrido el 04/12/2024, suceden en carácter de universales herederos sus hijos José Ignacio, Agustín Luciano y Diego Gabriel Faroni, y ordenó su inscripción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Los hijos y solicitantes: José Ignacio Faroni; Agustín Luciano Faroni; Diego Gabriel Faroni (representados por el Dr. Gomez, letrado patrocinante).
Demandado: Sucesión de José Agustín Faroni (ab-intestato), por fallecimiento del causante.
Objeto: Declaratoria de herederos por fallecimiento de José Agustín Faroni y la consecuente inscripción registral.
Decisión: Se declaró, en cuanto corresponde, que por el fallecimiento de José Agustín Faroni le suceden en carácter de universales herederos sus hijos José Ignacio, Agustín Luciano y Diego Gabriel Faroni; se ordenó registrarlo y se tuvo por cumplida la publicación de edictos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Que de acuerdo a la información brindada por el RENAPER conforme RC 420/21 y RC 975/21 de la SCBA y el certificado de defunción adjunto en autos, se acredita el fallecimiento de JOSÉ AGUSTIN FARONI ocurrido el día 04/12/2024."
"Que éste era de estado civil divorciado de ROSANA MARIEL CORDERA con quien había contraído matrimonio el día 5/4/1991 habiéndose dictado sentencia de divorcio el día 2/2/2007 con efecto retroactivo al día 29/3/2006."
"Que con los diarios y recibos obrantes en autos se acredita la publicación de edictos que prevee el art. 734 inc. 2º del C.P.C.C., y de cuyo resultado negativo informa el Sr. Secretario en este acto, según lo dispuesto por el art. 116 del C.P.C.C. Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dispuesto por los arts. 735, 737 del C.P.C.C., y arts. 2337, 2424, 2426 del C.C. y C.N., declárase en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de JOSÉ AGUSTIN FARONI le suceden en carácter de universales herederos sus hijos JOSE IGNACIO FARONI, AGUSTIN LUCIANO FARONI y DIEGO GABRIEL FARONI. REGISTRESE."
Observaciones: Se consignan las normas aplicadas (arts. 735, 737 del C.P.C.C.; arts. 2337, 2424, 2426 del C.C. y C.N.) y se notifica conforme art. 10 del Reglamento para presentaciones y notificaciones electrónicas (Ac. 4013/2021 SCBA).
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