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VIÑUELA ORTIZ CLAUDIA ANDREA Y OTROS C/ SECCHI EDUARDO JUAN Y OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA LARGA

Acción de prescripción adquisitiva larga sobre inmueble con reclamo de inscripción registral. El Tribunal hizo lugar al pedido aclaratorio y libró oficio ampliatorio al Registro de la Propiedad Inmueble para inscribir la partida unificada N° 101-280958 y correlacionarla con el folio de seguridad 32137/2009.

Inscripcion registral Notificacion automatizada Prescripcion adquisitiva larga Incidente aclaratorio Registro de la propiedad inmueble pba Partida inmobiliaria 101-280958 Unificacion de partidas Folio de seguridad 32137/2009 Art.36 y 166 cpcc Sentencia 14/12/2022.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Viñuela Ortiz Claudia Andrea y otros. Demandado: Secchi Eduardo Juan y otros. Objeto: Prescripción adquisitiva larga sobre un inmueble y su inscripción registral. Decisión: Se hizo lugar al pedido aclaratorio presentado por la actora para dejar constancia que las partidas inmobiliarias originales fueron unificadas en la nueva partida Nº 101-280958, librándose oficio ampliatorio al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires para su correlación con el folio de seguridad 32137/2009 y proceder a su registro y notificación correspondiente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "TERCERO: Sentado todo cuanto antecede y a la luz de los elementos obrantes en autos entiendo que, en uso de las facultades que me confieren las normas 'supra' referidas, corresponde sin más dejar aclarado que las partidas a inscribirse respecto del inmueble objeto de este proceso y sobre la que recayera sentencia de prescripción adquisitiva en fecha 14/12/2022 (Partida Inmobiliaria 101-123766; Partida Inmobiliaria 101-123761 y Partida Inmobiliaria 101-123762) cuya cédula catastral se adjuntara en fecha 25/06/2026, han sido unificadas en la partida la N° 101-280958, a cuyo fin líbrese oficio ampliatorio al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Bs As, lo que así quedará resuelto.-" "RESUELVO: 1) Aclarar que la partida inmobiliaria a inscribirse respecto del inmueble objeto de este proceso y sobre la que recayera sentencia de prescripción adquisitiva de fecha 14/12/2022, es la 101-280958; ello en virtud de haberse unificado las partidas anteriores (Partida Inmobiliaria 101-123766; Partida Inmobiliaria 101-123761 y Partida Inmobiliaria 101-123762), formando parte el presente del decisorio referido, debiendo notificarse conjuntamente con la misma y procederse a su registro en relación. 2) Librar oficio ampliatorio al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Bs As. el que deberá ser correlacionado con el folio de seguridad 32137/2009. REGISTRESE con relación al Reg. Nro.: 82 del año 2022. Notifíquese en los términos del art. 1 y 2 del Ac. 3991/20 de la SCBA (notificación automatizada; art. 135 del C.P.C.C.; art. 10 y 11 Ac. 4013 y su modi. Ac. 4039 SCBA)."
- Fechas y datos relevantes incluidos en la decisión: sentencia de prescripción adquisitiva original de fecha 14/12/2022; cédula catastral presentada el 25/06/2026; nueva Partida Inmobiliaria N° 101-280958; partidas anteriores 101-123766, 101-123761, 101-123762; folio de seguridad 32137/2009; relación con Registro Nro. 82/2022.

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