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SYKORA MARCOS DAMIAN Y OTRO/A C/ LOGIURATO INFANTE NATALIA PAMELA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Aclaratoria de sentencia por error material en condena por daños y perjuicios automovilísticos; se corrige la cifra indemnizatoria. El Tribunal dicta aclaratoria conforme art. 166 inc. 2° del Código Procesal y reemplaza $24.390.000 por $24.340.000, sin alterar lo sustancial del decisorio.

Aclaratoria Incidente Error material Notificacion electronica Condena indemnizatoria Primera instancia. Danos y perjuicios automotor Art. 166 cp $24.340.000 Sentencia definitiva 09-09-2026

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: SYKORA MARCOS DAMIÁN y otro/a. Demandado: NATALIA PAMELA LOGIURATO INFANTE y otro/a. Objeto: Reclamo por daños y perjuicios automovilísticos (daños y perju. autom. c/les. o muerte). Decisión: Se dictó una aclaratoria de la sentencia definitiva del 09-09-2026 por error material, corrigiendo la suma condenatoria que debía abonarse al actor; la aclaratoria se dicta sin alterar lo sustancial del decisorio.
- Fundamentos principales de la decisión (textos relevantes de la resolución): "AUTOS Y VISTOS: Siendo correcto lo expuesto y toda vez que se ha incurrido en error material en la sentencia definitiva recaída con fecha 09-09-2026, atento las facultades que me confiere el art. 166, inc. 2° Código Procesal, se dicta la presente aclaratoria, sin alterar lo sustancial del decisorio:" "Ello sí, se procede de la siguiente manera: donde dice en el Fallo : ' ... En consecuencia, condeno a NATALIA PAMELA LOGIURATO INFANTE a abonar a MARCOS DAMIÁN SYKORA la suma de pesos venticuatro millones novecientos noventa mil ($24.390.000) ' debe leerse en realidad: '.... En consecuencia, condeno a NATALIA PAMELA LOGIURATO INFANTE a abonar a MARCOS DAMIÁN SYKORA la suma de pesos veinticuatro millones trescientos cuarenta mil ($24.340.000)... '" "REGÍSTRESE en relación a la sentencia recaída con fecha 09-09-2026. NOTIFIQUESE a los domicilios electrónicos..."
- Otros puntos procesales señalados: se registran presentaciones de pedidos de aclaratoria (fechas 11/09/2026 y 14/09/2026) y constan desistimientos e interposición de recurso de apelación en trámites conexos; se dispone que una vez firme la aclaratoria "se proveerá cuanto corresponda."

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