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WALKER TELMA MARIEL C/ MARZANO PABLO HERNAN Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La actora promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito en el Acceso Hipólito Yrigoyen en Chacabuco, atribuyendo al conductor del Chevrolet Corsa la maniobra que provocó la colisión. El Tribunal hizo lugar a la demanda, atribuyó responsabilidad objetiva al conductor Pablo Hernán Marzano y condenó también a la aseguradora citada en garantía, imponiendo rubros indemnizatorios por $21.027.309 más intereses.

Dano moral Medica Danos y perjuicios automovilisticos Responsabilidad objetiva (riesgo de la cosa) Pericia mecanica y testimonial Cambio de carril / maniobra imprudente Incapacidad sobreviniente (fisica y psiquica) Seguros (art. 118 ley 17.418) Privacion de uso / reparacion del rodado Intereses (tasa de interes moratoria Tim) Deduccion a.r.t. observacion metodologica: el fallo es de primera instancia dictado por el tribunal (dra. maria fabiana patino) y contiene valoracion probatoria (pericia mecanica Psiquiatrica y testimonial) que sustenta la atribucion de responsabilidad y la liquidacion de los rubros indemnizatorios.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Telma Mariel Walker, conductora de la motocicleta Honda XR 150 dominio AO97VHC. Demandado: Pablo Hernán Marzano, conductor del automóvil Chevrolet Corsa dominio JFN-977; y citación en garantía a Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada (póliza N° 64/042249). Objeto: Indemnización por daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 30/01/2024 —rubros reclamados: incapacidad física, daño psíquico, daño moral, gastos médicos, reparación del rodado, disminución del valor venal y privación de uso— por un total pedido de $19.403.000 (más intereses y costas). Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se condenó a Pablo Hernán Marzano a pagar a la actora la suma total de $21.027.309 (detalle en fallo) y se hizo extensiva la condena a la aseguradora citada en garantía dentro de los límites de la póliza. Se impusieron costas a la demandada y a la citada en garantía. Se aplicaron reglas de interés y deducción de la suma percibida de la A.R.T.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo): "En función de los elementos probatorios precedentemente analizados, valorados conforme las reglas de la sana crítica racional (arts. 375, 384, 454 y 474 del C.P.C.C.), corresponde tener por acreditada la intervención activa del vehículo marca Chevrolet Corsa, dominio JFN-977, conducido por el Sr. Pablo Hernán Marzano, en la producción del accidente objeto de autos." "La mecánica descripta encuentra respaldo tanto en la declaración testimonial de Claudia Romina Disceta ... como en la prueba pericial mecánica producida en autos (v. pericia de fecha 04/08/2025), cuyos resultados guardan correspondencia con dicha descripción (art. 384 del CPCC)." "En consecuencia, se encuentran acreditados los presupuestos de la responsabilidad civil -hecho, autoría, daño y relación de causalidad adecuada-, correspondiendo atribuir responsabilidad al Sr. Pablo Hernán Marzano por las consecuencias dañosas derivadas del siniestro (arts. 1716, 1721, 1722, 1726, 1757, 1758 y 1769 del Código Civil y Comercial...)." "FALLO: I. Haciendo lugar a la demanda instaurada por Telma Mariel Walker contra Pablo Hernán Marzano, condenándolo a abonar a la parte actora ... la suma total de $21.027.309, discriminada de la siguiente manera: $8.994.221 por incapacidad física, $6.424.444 por incapacidad psíquica, $3.400.000 por daño moral, $500.000 por gastos médicos, farmacéuticos y de movilidad, $974.644 por reparación del rodado, $234.000 por desvalorización venal y $500.000 por privación de uso..." "II. Haciendo extensiva la condena a la citada en garantía 'Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada', en los términos y con el alcance del contrato de seguro ... conforme lo dispuesto por el art. 118 de la Ley de Seguros 17.418." Además, el tribunal fundamentó la aplicación de intereses y el método de actualización: "al importe resarcitorio fijado corresponde: 1
- aplicarle la tasa de interés moratorio del 6% anual desde la fecha del hecho -30/01/2024-, hasta la fecha de la presente ... 2
- a partir de aquí y hasta el efectivo pago la Tasa de Interés Moratoria (TIM) publicada por el BCRA."

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