CARDOZO, SEBASTIAN ROBERTO c/ PEREYRA, ARIEL FERNANDO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor demandó por daños y perjuicios por un choque ocurrido el 13/11/2022 entre su motocicleta y un automóvil. El Juzgado Civil N°13 hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a Ariel Fernando Pereyra a pagar $7.990.000 más intereses, dejando a Metropol SA sujeta al pronunciamiento en los términos del art. 118 de la ley 17.418.
¿Quién es el actor?
Roberto Sebastián Cardozo.
¿A quién se demanda?
Ariel Fernando Pereyra; citada en garantía: Metropol Compañía Argentina de Seguros S.A. (póliza n° 421163).
- Objeto de la demanda: reparación por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 13/11/2022 en calle General César Díaz e Estado Plurinacional de Bolivia, en el que la motocicleta Motomel B110 (A153SFP) conducida por el actor fue embestida por detrás por el Volkswagen Gol (CNY-934) conducido por Pereyra; se reclamó $2.763.450 y rubros detallados.
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar parcialmente a la demanda, condenándose a Ariel Fernando Pereyra a abonar a Roberto Sebastián Cardozo la suma de $7.990.000, con más sus intereses (a liquidarse desde el 13/11/2022 hasta la sentencia al 8% anual y desde entonces a la tasa activa del BNA), con costas; Metropol Compañía Argentina de Seguros S.A. queda sujeta al pronunciamiento en los términos del art. 118 de la ley 17.418; asimismo se regulan honorarios de letrados, peritos y mediador en los montos consignados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"De tal manera, no caben dudas de que Ariel Fernando Pereyra resulta el responsable exclusivo por la ocurrencia del suceso que dio origen al reclamo. Por ello, y considerando la orfandad probatoria de las emplazadas a quienes correspondía demostrar la existencia de alguna circunstancia eximente, de modo de desligarse total o parcialmente de la responsabilidad que el ordenamiento legal les atribuye en forma objetiva, deberá el demandado responder por los daños y perjuicios que resulten acreditados (conf. arts. 730, 1737/39, 1740, 1757/58, 1769 y cctes. del Código Civil y Comercial de la Nación)."
"En suma, no ha sido demostrado que el actor padezca incapacidad física permanente atribuible al accidente ni que requiera tratamiento alguno, por lo que se impone el rechazo de lo solicitado por tales conceptos (art. 377, CPCCN)."
"Por consiguiente, la condición de embistente que revistió el Volkswagen lleva a presumir que si el demandado conducía con atención, dominio del automóvil y respetando la distancia precautoria, habría advertido la detención del motovehículo con tiempo suficiente como para evitar impactarlo."
- Indemnizaciones fijadas relevantes (según fallo):
- Incapacidad sobreviniente (psíquica): $5.000.000.
- Daño moral: $2.500.000.
- Gastos: $40.000.
- Daños materiales (motocicleta): $400.000.
- Privación de uso: $50.000.
- Desvalorización: rechazado.
- Total condenado a pagar: $7.990.000.
- Intereses: desde 13/11/2022 al momento de la sentencia al 8% anual; desde la sentencia hasta el pago a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a 30 días del BNA.
- Plazo de pago: diez días bajo apercibimiento de ejecución.
- No hubo votos en disidencia en el dispositivo; la sentencia es de un solo magistrado de primera instancia.
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