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VERON LILIA C/ MURGIER LUIS ADRIAN S/ DESALOJO FALTA DE PAGO

La actora promovió juicio de desalojo por falta de pago contra el ocupante del inmueble ubicado en Lisandro de la Torre 2342, Tandil. El Tribunal hizo lugar al desalojo por falta de pago, ordenó la entrega del inmueble en 60 días y condenó en costas al demandado y al garante Emmanuel Pérez por su responsabilidad por los alquileres.

Locacion Legitimacion activa Desalojo por falta de pago Mora del locatario Costas (art. 68 cpcc) Prueba documental y reconocimiento de firma Ad probationem (forma escrita) Efectos de la contestacion (admision ficta Art. 354 cpcc) Fianza / garante (responsabilidad de emmanuel perez) Plazo de entrega 60 dias

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Lilia Verón, con patrocinio de la Dra. María Florencia Raimondi. Demandado: Luis Adrián Murgier, con patrocinio del Dr. José Horacio Rivarola. Objeto: Desalojo por falta de pago del inmueble sito en Lisandro de la Torre 2342, Tandil; se reclamaba además el pago de alquileres adeudados (julio, agosto y septiembre de 2025) y se citaron garantes Araceli Coronel y Emmanuel Pérez. Decisión: Se hace lugar a la demanda de desalojo por falta de pago; se dispone la entrega del inmueble libre de ocupantes en el plazo de 60 días de quedar firme la sentencia, bajo apercibimiento de lanzamiento. Se imponen las costas al demandado vencido y se las hacen extensivas al garante Emmanuel Pérez.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes del fallo): "El proceso de desalojo se encuentra regulado en los arts. 676 y siguientes del C.P.C.C., siendo su objeto la recuperación de un bien respecto de quien se halla obligado a su restitución, sea a partir de una relación contractual (locación, comodato) o cuando se ha penetrado en el inmueble sin derecho, por la fuerza, por la vía de los hechos o contra la voluntad del poseedor." "La naturaleza especial del juicio de desalojo sólo permite la discusión de derechos personales, pero no la de los reales, pues la controversia a su respecto se debe tramitar en juicio aparte. En el juicio de desalojo no puede controvertirse, ni tampoco decidirse el derecho de propiedad ni el posesorio." "No obstante, surge de los autos 'Veron Lilia c/ Murgier Luis Adrian y Ot. S/ Cobro ejecutivo de alquileres' expte. 13021 ... reconoce como suya, la firma inserta en la documentación que en este acto se le exhibe (contrato de locación)." "Por otra parte, no ha desconocido la firma inserta en el documento fundante de este reclamo (art. 354 inc. 1 CPCC) por lo que cabe tener al documento por firmado por el accionado Murgier." "La forma escrita, establecida a los efectos probatorios ... La eficacia del contrato de locación no está supeditada a ninguna forma impuesta, en ningún caso. Se limita a exigir la forma escrita ... cuyo incumplimiento no aparejará la nulidad o ineficacia del contrato sino su imposibilidad de prueba, por lo que la regla formal impuesta resulta ser ad probationem ... Podrá probarse por otros medios, incluso por testigos, de haber sido cumplida la formalidad..." "Acreditada por el actor la existencia de la locación y alegada por el mismo como causal de desalojo la falta de pago de los arriendos acordados, corresponde a la accionada acreditar tal extremo, por lo que su silencio y la falta de prueba sobre este aspecto autorizan a tener por demostrado tal incumplimiento." "Que la falta de contestación de la demanda autoriza a tener por auténtica la documentación acompañada y por ciertos los hechos invocados en el escrito introductorio (artículos 354 inciso 1º del C.P.C.C. y 263 Código Civil y Comercial)." "Murgier ha incumplido con su obligación de abonar los cánones locativos fijados en el contrato en ejecución; los mismos pueden ser imputados al fiador... ha sido el fiador fehacientemente notificado del incumplimiento del locatario con el traslado de la demanda por lo que resulta procedente la extensión a Emmanuel Perez de la responsabilidad por las costas del proceso de desalojo iniciado como consecuencia de la falta de pago de alquileres devengados durante la vigencia contractual." Fallo (bloque dispositvo): "1.-) Haciendo lugar a la demanda de desalojo por falta de pago promovida por Lilia Verón contra Luis Adrian Murgier respecto de inmueble sito en Lisandro de la Torre 2342 de Tandil y en consecuencia disponer la entrega a la actora del inmueble aludido libre de bienes y ocupantes dentro del plazo de 60 días corridos de quedar firme la presente, bajo apercibimiento de lanzamiento. 2.-) Imponiendo las costas a la demandada vencida conforme principio jurídico objetivo de la derrota (artículo 68 del C.P.C.C.) haciendo extensiva la condena a la garante Perez."

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