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ARCE LEONARDO MAURICIO C/ HEREDEROS DE ZARATE ARMANDO OSCAR S/ MATERIA DE OTRO FUERO

Reclamación de filiación paterna para declarar la paternidad biológica de Armando Oscar Zarate. El Tribunal admitió la acción y declaró que Leonardo Mauricio Arce es hijo de Armando Oscar Zarate con fundamento en la pericia genética cuyo índice de parentesco resultó de 4.23 x 10^6.

Costas Regulacion de honorarios Filiacion Herederos Paternidad Prueba genetica Adn Accion de filiacion Inscripcion marginal Indice de parentesco 4.23 x 10^6

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Leonardo Mauricio Arce, por derecho propio. Demandado: Armando Oscar Zarate (fallecido) y, por su fallecimiento, sus herederos declarados Daiana Lujan Zarate, Karen Milagros Zarate y el menor León Milo Zárate. Objeto: Reclamación de filiación extramatrimonial para que se declare judicialmente que Leonardo Mauricio Arce es hijo de Armando Oscar Zarate (art. 570 y 582 CCCN). Decisión: Se hace lugar a la acción de filiación; se declara que Leonardo Mauricio Arce es hijo de Armando Oscar Zarate; se ordena la inscripción marginal en la partida de nacimiento y oficios al Registro Provincial de las Personas; se imponen las costas en el orden causado; se regulan honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "En la presente acción de reclamación de estado de hijo extramatrimonial persigue obtener la declaración judicial de que determinada persona es el padre del accionante; en autos se trata de demostrar que Armando Oscar Zarate (fallecido) es el padre biológico de Leonardo Mauricio Arce en orden a lo dispuesto por el art. 582 del CCCN." "De la prueba genética surge lo siguiente: 'Los cálculos de probabilidad realizados sobre los marcadores genéticos autosómicos analizados arrojan un Índice de Parentesco (IP)= 4.23 x 106. Este resultado indica que es del orden de 4.230.000 (cuatro millones doscientas treinta mil) veces más probable de observar si LEONARDO MAURICIO ARCE es hijo biológico del padre biológico de LEON MILO ZARATE, de DAIANA LUJAN ZARATE y de KAREN MILAGROS ZARATE, tomando como hipótesis alternativa que es hijo biológico de un hombre tomado al azar de la población y no relacionado biologicamente con los medio hermanos paternos alegados. El resultado observado aporta sustento a la hipótesis de existencia de vínculo biológico alegado.'" "Corrido el pertinente traslado de la pericia, la misma no merece observaciones. La misma se encuentra firmes y consentidas por los intervinientes (art. 457, 474 y ccs del CPCC). Sobre la base de la fuerza probatoria incontrastable de la pericia genética realizada concluyo que se encuentra en los presentes debidamente acreditado que Leonardo Mauricio Arce resulta hijo de quién en vida fuera Armando Oscar Zarate lo que conlleva la admisión de la acción de filiación intentada (conf. arts. 582, 593 y ccs. del C.C. y Comercial)." Decisión dispositiva (extracto del fallo): "1) Admitiendo la acción de filiación deducida por contra Armando Oscar Zarate, hoy sus herederos declarados Daiana Lujan Zarate, Karen Milagros Zarate y León Milo Zárate, en su consecuencia se declara que el Sr. Leonardo Mauricio Arce es hijo de Armando Oscar Zarate. 2) Disponiendo que en la partida de nacimiento de Leonardo Mauricio Arce se inscriba en nota marginal su nueva filiación como hijo de Armando Oscar Zarate. 3) Líbrense oficios de estilo al Registro Provincial de las Personas para la correspondiente toma de razón. 4) En lo concerniente a las costas ... estimo adecuado imponerlas en el orden causado..."

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