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PALAZZO ALICIA JOSEFA Y OTRO/A S/ SUCESION AB- INTESTATO.

Acción declarativa sucesoria para determinar herederos universales de Alicia Josefa Palazzo y de Osman Adolfo Abal. El Tribunal declaró el derecho sucesorio: reconoció como herederos universales a Mónica Lilian y Abel Enrique Abal y Palazzo y, en vida de la causante, a su cónyuge supérstite Osman Adolfo Abal; posteriormente declaró que por el fallecimiento de Osman Adolfo Abal suceden en la herencia sus hijos.

Sucesion Conyuge superstite Declaracion de herederos Publicacion de edictos Herederos universales 2426 735 737 Cpcc (arts. 734 Codigo civil y comercial (arts. 2424 2433) Ministerio fiscal (cese de intervencion) 728) Monica lilian abal Abel enrique abal y palazzo

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Mónica Lilian Abal y Abel Enrique Abal y Palazzo (actúan como interesados en la declaración de herederos). Demandado: Se solicita la declaración sucesoria respecto de Alicia Josefa Palazzo y de Osman Adolfo Abal (ambos fallecidos). Objeto: Declaración de quienes son los herederos universales por fallecimiento de los causantes y cese de la intervención del Ministerio Fiscal. Decisión: Se declaró que por el fallecimiento de Alicia Josefa Palazzo suceden en carácter de universales herederos sus hijos Mónica Lilian y Abel Enrique Abal y Palazzo y su cónyuge supérstite Osman Adolfo Abal, quien asimismo se declaró heredero respecto de los bienes propios; y que por fallecimiento de Osman Adolfo Abal suceden en carácter de universales herederos sus hijos Mónica Lilian y Abel Enrique Abal y Palazzo. Además se dispuso el cese de la intervención del Ministerio Fiscal, registro y notificación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "a) Que con los certificados adjuntos a la presentación electrónica de fecha 10/6/2025, se acredita el fallecimiento de Alicia Josefa Palazzo, ocurrido el día 16 de Septiembre de 2023 y de Osman Adolfo Abal, ocurrido el día 1 de Diciembre de 2024.- b) Que los causantes de autos contrajeron matrimonio, en fecha 14 de Noviembre de 1958 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 25/8/2025).- c) Que de esa unión nacieron Mónica Lilian Abal, el día 30/9/1962 y Abel Enrique Abal, el día 26/3/1971 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 10/6/2025).- d) Que con la constancia de fecha 8/6/2026 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, cuyo resultado negativo informa en este acto la Actuaria.- Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial y arts. 735 y 737 del CPCC, RESUELVO: 1.
- Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Alicia Josefa Palazzo le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Mónica Lilian y Abel Enrique Abal y Palazzo y su cónyuge supérstite Osman Adolfo Abal, a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. 2.
- Que por fallecimiento de Osman Adolfo Abal le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Mónica Lilian y Abel Enrique Abal y Palazzo. 3.
- Cése la intervención del Ministerio Fiscal (Art. 728, inc. 1 del CPCC). 4.
- Regístrese. Notifíquese a la parte y a la Agente Fiscal Departamental a sus domicilio electrónico en forma automatizada (Ac. 4039/2021 SCBA)."

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