ORTIZ, CARLOS FERNANDO c/ ESTADO NACIONAL- MINISTERIO DE SEGURIDAD- CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENS. s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
El actor solicitó la liquidación y pago del suplemento por Zona Austral (Ley 19.485 y Decreto 1472/2008) para beneficiarios radicados en la Provincia de La Pampa. El Juzgado Federal de Santa Rosa hizo lugar a la demanda, rechazó la excepción de prescripción y ordenó la liquidación del 40% sobre el haber bruto con intereses según la tasa pasiva promedio del BCRA.
¿Quién es el actor?
Sr. Carlos Fernando Ortiz.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional – Ministerio de Seguridad – Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
- Objeto de la demanda: Petición de liquidación y pago del adicional por Zona Austral (art. 1 Ley 19.485, modificado por art. 15 del Decreto 1472/2008 que eleva el coeficiente a 1,40) para los pasivos que residan y perciban sus haberes en la Provincia de La Pampa, con intereses y retroactivos.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la excepción de prescripción opuesta por la demandada y se hizo lugar a la demanda en los términos de los considerandos 4 y 5; se impusieron las costas a la demandada, difiriéndose la regulación de honorarios profesionales hasta que exista suma líquida.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Corresponde que el cómputo se realice desde la fecha de presentación de la demanda –no existiendo reclamo administrativo-, esto es desde julio de 2022, por lo cual se encuentra prescripto, en caso de corresponder, lo reclamado con anterioridad a julio de 2020."
"El art. 1 de la Ley 19485 ... actualmente, aquél establece 'el coeficiente de bonificación 1,40 para las jubilaciones, pensiones, pensiones no contributivas, graciables y la pensión honorífica para veteranos de guerra de Malvinas e Islas del Atlántico Sur, que se abonan a los beneficiarios que residan en las Provincias de Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz, La Pampa, Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Carmen de Patagones de la Provincia de Buenos Aires'."
"Entonces, de conformidad con la normativa citada y constancias de autos y por ser el actor retirado y residente en esta provincia, corresponde, si persiste la situación indicada, declarar su derecho a incorporar a su haber de retiro la bonificación prevista por el art. 1 de la Ley 19485, sus modificatorias y reglamentarias."
"En lo que atañe al porcentaje que se debe adicionar... dispongo que se debe aplicar el 40%, en atención a la entrada en vigencia del Decreto 1472/08, desde dos años anteriores a la interposición de la demanda (25/07/2022)..."
"Ergo, se deberá aplicar la tasa pasiva promedio del BCRA, desde que cada suma fue debida y hasta su efectivo pago."
- Disidencias: No existen votos separados; la resolución es dictada por el Juez Federal Juan José Baric y la parte resolutiva final constituye la decisión del tribunal.
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