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IBEAS, JULIO ERNESTO c/ ANSES s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION

Amparo por mora promovido contra ANSES para que se expida sobre la baja del descuento de obra social PAMI. El Juzgado Federal declaró la cuestión abstracta porque la Administración había resuelto el trámite el 11/05/2026 con anterioridad a la acción, y dispuso imponer las costas por su orden.

Notificacion Tramite administrativo Costas por su orden Anses Amparo por mora Juzgado federal Obra social pami Declaracion de abstracta Art. 28 ley 19.549 Resolucion administrativa 11/05/2026

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: JULIO ERNESTO IBEAS, representado por el Dr. Hernán Federico Suris. Demandado: ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES). Objeto: Amparo por mora para que ANSES dicte resolución de pronto despacho en el trámite iniciado el 09/01/2026 relativo a la baja del descuento de obra social PAMI por doble imposición y unificación de aportes. Decisión: Se declaró abstracta la cuestión planteada y se impusieron las costas por su orden (art. 68, 2do párrafo CPCCN).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "3ro.) Que de las constancias de autos resulta notorio que la situación de hecho que dio fundamento a la presente acción ha desaparecido, toda vez que, según surge de la documentación aportada por la demandada y del informe evacuado, en fecha 11/05/2026 la Administración emitió el pronunciamiento mediante el cual resolvió la petición formulada por el actor en el trámite administrativo que motivó la presente acción, esto es, con anterioridad a la promoción de la presente acción, iniciada el 18/08/2026. Si bien la parte actora sostiene que dicho pronunciamiento no le fue debidamente notificado y que tomó conocimiento del mismo recién con motivo del informe presentado en estas actuaciones, ello excede el objeto propio del amparo por mora, cuyo objeto se encuentra limitado a obtener un pronunciamiento de la Administración; lo relevante a los fines de esta acción es que, al momento de su interposición, la Administración ya había emitido la decisión requerida. En consecuencia, habiendo desaparecido la situación de hecho que sustentaba la pretensión de autos, corresponde declarar abstracta la cuestión planteada." "4to.) Atento al modo en que se resuelve el presente caso, corresponde imponer las costas por su orden (art. 68 2do párrafo del CPCCN). (CFABB “KOLLER, Gustavo Matias, c/ Anses, s/ Amparo por Mora de la Administración ”, Expte. N° 10578/2020, 12/02/2021.)"
- Observaciones procesales relevantes: La demandada presentó informe según art. 28 Ley 19.549 informando que el trámite administrativo había sido resuelto el 11/05/2026; la actora sostuvo falta de notificación de esa resolución, pero el Tribunal entendió que la existencia de la resolución previa hace abstracta la pretensión del amparo por mora. (No hubo votos en disidencia relevantes en el expediente analizado.)

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