Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MIYARA, MATIAS NORBERTO s/ABUSO SEXUAL - ART. 119 1° PARRAFO DAMNIFICADO: GOMEZ, MARIA BELEN
La defensa de Matías Norberto Miyara interpuso recurso de casación contra la condena por abuso sexual simple. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional —Sala 3— rechazó el recurso y confirmó la resolución impugnada, por considerar fundada la valoración probatoria del tribunal de grado y adecuada la graduación de la pena.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La defensa de Matías Norberto Miyara (imputado).
Demandado: Sentencia dictada por la jueza Liliana Noemí Barrionuevo, Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°19 (con impugnación ante la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Sala 3).
Objeto: Recurso de casación contra la condena por el delito de abuso sexual simple —condena a siete meses de prisión de efectivo cumplimiento y costas— impugnando la valoración de la prueba (sosteniendo yerro en valoración por apoyarse en testimonio único) y el monto de la pena (excesividad).
Decisión: Se rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa y, en consecuencia, se confirmó la resolución impugnada; sin costas en esta instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"El tribunal explicó de manera fundada que el relato de la damnificada se mantuvo consistente, coherente y corroborado por otros elementos de prueba incorporados al debate."
"En la evaluación de la declaración de la damnificada de abuso sexual, ha de darse especial atención a su consistencia en el tiempo, en el que la descripción del obrar criminoso se mantuvo inalterable... evaluó que dio una versión sólida y contundente".
"De tal manera, el hecho de que no existieran testigos directos de las maniobras atribuidas a Miyara no impedía arribar a un juicio de certeza sobre su ocurrencia, máxime cuando el tribunal explicó de manera fundada que el relato de la damnificada se mantuvo consistente, coherente y corroborado por otros elementos de prueba incorporados al debate."
"En ese sentido, vinculando la norma [art. 41 CP] con... la fijación de un monto que excede el tope inferior de la escala en solo un mes no resultó suficientemente motivada, frente a la entidad de la circunstancia agravante que se tuvo en cuenta... Su reclamo se reduce, entonces, a un mero disenso en cuanto al monto discernido, pero no ha presentado un supuesto de arbitrariedad con los alcances que la doctrina al respecto ha fijado."
Resolución final (cita dispositiva): "RECHAZAR el recurso de casación interpuesto por la defensa y, en consecuencia, CONFIRMAR la resolución impugnada; sin costas en esta instancia (arts. 470 y 471 –ambos a contrario sensu–, 530 y 531, del Código Procesal Penal de la Nación)."
- Votos disidentes: No hubo disidencia de la mayoría; el juez Horacio Días participó y adhirió, aunque no suscribió por estar en uso de licencia. El voto que contiene el análisis y los fundamentos fue el del juez Grappasonno; el juez Jantus adhirió sin emitir voto por considerarlo innecesario.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: