Legajo Nº 17 - QUERELLANTE: SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN Y OTROS IMPUTADO: SOSA CÓRDOBA , JOSÉ LELLIS s/LEGAJO DE PRORROGA DE PRISION PREVENTIVA
Solicitud de prórroga de prisión preventiva por la fiscalía durante el debate oral. La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la prórroga y la redujo a seis meses o hasta la finalización del debate oral y público, a partir del 15 de septiembre de 2026, conforme al artículo 1 de la Ley 24.390.
¿Quién es el actor?
Tribunal Oral en lo Criminal Federal n.º 1 de Mendoza (solicitante/autor de la resolución elevada); en la vista intervino el representante del Ministerio Público Fiscal.
- Demandado / afectado: José Lellis Sosa Córdoba (imputado).
- Objeto de la demanda: Prórroga de la prisión preventiva del imputado en el marco de la causa caratulada “SOSA CÓRDOBA, José Lellis s/ Ley 24.390”, y control judicial de dicha prórroga por la Cámara Federal de Casación Penal.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la resolución del Tribunal Oral n.º 1 de Mendoza que prorroga la prisión preventiva de José Lellis Sosa Córdoba; redujo el término inicialmente fijado a seis (6) meses o hasta la finalización del debate oral y público que se está llevando a cabo, lo que ocurra primero, con inicio a partir del 15 de septiembre de 2026, en conformidad con el artículo 1 de la Ley 24.390. Regístrese, notifíquese al representante del Ministerio Público Fiscal, comuníquese y remítase al tribunal de origen mediante pase digital.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como aparecen en la sentencia):
"Los fundamentos expresados en la decisión bajo control se ajustan a los parámetros establecidos en la Ley 24.390 (conforme arts. 1 y 2 de la Ley 24.390 y 210, inciso K, 221 y 222 del C.P.P.F., implementado por el art. 1 de la Resolución 2/19 de la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal B.O: 13/11/19), interpretada a la luz de las pautas delineadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en Fallos: 335:533 (“Acosta”), en una causa en la que también se investigaban delitos de lesa humanidad."
"En particular, se toma en cuenta la naturaleza, dimensión y gravedad de los hechos endilgados, y la complejidad del proceso. Se valora especialmente que la audiencia de debate oral y público se encuentra en pleno desarrollo, como así también se considera que José Lellis Sosa Córdoba se encuentra en prisión domiciliaria."
"Por ello, corresponde tomar nota de la prórroga de la prisión preventiva, la que se reduce a 6 meses o hasta la finalización del debate oral y público que se está llevando a cabo, lo que ocurra primero."
- Votos en disidencia: No se registran disidencias expresadas en el texto de la parte resolutiva; la resolución aparece firmada por los jueces integrantes de la Sala IV.
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