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Recurso Queja Nº 22 - IMPUTADO: MELGAREJO, GASTON Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 SOLICITANTE: MELGAREJO, OSCAR

La defensa particular de Gastón Melgarejo interpuso queja contra la confirmación del rechazo de su planteo de nulidad. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible la queja y ordenó remitir la causa al tribunal de origen, con costas.

Costas Casacion Derecho de defensa Nulidad Inadmisibilidad Queja Camara federal de casacion penal Articulo 457 cppn Doble conformidad judicial Camara federal de apelaciones de posadas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La defensa particular de Gastón Melgarejo (recurrente). Demandado: La decisión recurrida fue la de la Cámara Federal de Apelaciones de Posadas (se cuestiona la confirmación del rechazo del planteo de nulidad). Objeto: Se impugnó la confirmación del rechazo del planteo de nulidad y, posteriormente, se interpuso queja tras el rechazo del recurso de casación. Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible la queja interpuesta por la defensa particular, con costas, y ordenó remitir la causa al tribunal de origen mediante pase digital.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): "Del estudio de las constancias glosadas en la presente causa, se desprende la inobservancia de los recaudos establecidos por la legislación procesal para la procedencia del remedio casatorio, lo que descubre que la impugnación no habrá de prosperar." "Es que la resolución recurrida –confirmación del rechazo de planteo de nulidad
- no se encuentra contemplada en el artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación, ya que no se trata de una sentencia definitiva ni equiparable a tal, en tanto no pone fin a la acción, a la pena o hace imposible que continúen las actuaciones, ni tampoco deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena." "A su vez, la parte recurrente tampoco alcanzó a demostrar el agravio actual de tardía o imposible reparación ulterior que le genera la decisión dictada por el a quo a efectos de equipararla a un pronunciamiento de carácter definitivo y habilitar así la intervención de esta Cámara (Fallos: 328:1108)." "Por otra parte, si bien el impugnante invocó la arbitrariedad de la decisión del a quo aduciendo que es violatoria al derecho de defensa en juicio (art. 18 C.N.), la sola alegación de la violación a las garantías constitucionales no demostrada en el caso no es suficiente para configurar la existencia de una cuestión federal." "Asimismo, la decisión atacada ha sido dictada por la Cámara de Apelaciones en su carácter de órgano revisor de las resoluciones emanadas de los magistrados, es decir que en el caso existe doble conformidad judicial." (Decisión dispositiva) "DECLARAR INADMISIBLE la queja interpuesta por la defensa particular, con costas (arts. 444, 530 y ccdtes. del CPPN). Regístrese, notifíquese, comuníquese y remítase la causa al tribunal de origen mediante pase digital, sirviendo la presente de atenta nota de envío."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el acuerdo; el pronunciamiento aparece unánime en los fundamentos y en la parte resolutiva.

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