Recurso Queja Nº 27 - IMPUTADO: LIMA, GONZALO HORACIO Y OTROS s/DEFRAUDACION CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA DENUNCIANTE: IDENTIDAD RESERVADA Y OTROS
Queja de la defensa de Gonzalo Horacio Lima por la denegatoria de casación fue declarada inadmisible; la Cámara Federal de Casación Penal consideró que la resolución impugnada no reviste carácter de sentencia definitiva ni existe cuestión federal apta para habilitar la intervención.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La defensa particular de Gonzalo Horacio Lima.
Demandado: Se interpuso queja ante la Cámara Federal de Casación Penal contra la denegatoria de recurso de casación que había confirmado la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba (Sala A) y, en su origen, la decisión del Juez Federal de Río Cuarto.
Objeto: Se impugna la denegatoria del recurso de casación respecto del rechazo del planteo de nulidad formulado por la defensa.
Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible la queja interpuesta por la defensa particular de Gonzalo Horacio Lima y condenó en costas a la parte recurrente (artículos 478, 530 y ccds. del Código Procesal Penal de la Nación).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Que el fallo contra el cual se dedujo la impugnación cuya denegatoria dio lugar a la queja, por su naturaleza y efectos, no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella en los términos del artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación, ya que no pone fin a la acción ni a la pena, no hace imposible que continúen las actuaciones, ni deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena."
"Es que aquellas resoluciones cuya consecuencia sea la obligación de seguir sometido a proceso criminal no reúnen el requisito de carácter final, ya que no ponen fin al procedimiento sino que, por el contrario, hacen posible su continuación. Tampoco ocasionan un perjuicio de imposible o insuficiente reparación ulterior, más allá del que irroga todo proceso penal, que permita su equiparación (Corte Suprema de Justicia de la Nación, Fallos 310:187; 310:1486; 311:1781; 312:573; 312:575; 312:577; 312:1503, “Mathov, Enrique” M994 XXXIX del 27 de mayo de 2004, entre muchos otros)."
"Por lo demás, no se advierte ni la defensa logra acreditar la existencia de una cuestión federal de entidad suficiente, ni la concurrencia de alguna circunstancia que imponga la habilitación de la competencia de esta Cámara Federal de Casación Penal como tribunal intermedio, conforme las pautas sentadas por el Alto Tribunal en el precedente 'Di Nunzio' (Fallos 328:1108)."
"A su vez, se encuentra satisfecha la garantía a la doble instancia, toda vez que recayeron pronunciamientos concordantes del juez de instrucción y de la cámara respectiva."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en la parte resolutiva ni en el texto relevante.
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