Logo

KAPLAN, MARCOS SEBASTIAN c/ TOYOTA ARGENTINA SA Y OTRO s/ORDINARIO

El actor demandó por cumplimiento de contrato, ejecución de garantía legal y daños y perjuicios derivado de supuestos vicios y reparaciones insatisfactorias de un automóvil 0 km. La Cámara confirmó la sentencia de grado que rechazó la demanda por no haberse acreditado la existencia de reparación insatisfactoria conforme al art. 17 LDC y condenó en costas al actor.

Costas Recurso de apelacion Pericia mecanica Confirmacion Ley de defensa del consumidor Automotor Reparacion insatisfactoria Art. 17 ldc Garantia convencional Desestimacion demanda.


¿Quién es el actor?

Marcos Sebastián Kaplan.
- Demandados: Toyota Argentina S.A. y Autonort S.A.
- Objeto de la demanda: cumplimiento de contrato, ejecución de la garantía legal y reparación de daños y perjuicios; peticionó la devolución del automotor 0 km a cambio del importe abonado (art. 17 inc. b LDC) y distintos rubros indemnizatorios (daño moral $500.000; daño punitivo $300.000; privación de uso $1.314.000; desvalorización venal, etc.).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por el actor y se confirmó íntegramente la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda; además se impusieron las costas de ambas instancias al actor vencido (art. 68 CPr.).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Por consiguiente, no se desprende la configuración de una reparación insatisfactoria en los términos del art. 17 de la LDC, sino, antes bien, la disconformidad del actor con las prestaciones que, según su particular apreciación, debía reunir el vehículo adquirido, especialmente por tratarse de una unidad cero kilómetro." "Del informe pericial mecánico producido a fs. 483/486 surge que el experto constató que el vehículo se encuentra en buen estado general de conservación y registra un recorrido de 72.258 kms... El dictamen determinó que el historial de reparaciones bajo garantía ... consistió en reparaciones menores que no afectaron la planta motora ni la estructura monocasco de deformación progresiva; concluyendo técnicamente que no existe devaluación comercial o pérdida de valor de reventa de la unidad." "Este incremento de más de 36.000 kilómetros con posterioridad al último servicio técnico resulta incompatible con la hipótesis de inutilidad o de un estado defectuoso inmovilizador de la unidad sostenido por el actor. Antes bien, demuestra que el automóvil funcionó con asiduidad y regularidad para su destino específico de traslado."
- Votos: El voto que integra el acuerdo fue del Dr. Jorge Djivaris, al que adhiere la Sra. Jueza Matilde E. Ballerini; no hubo disidencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar