BRONOVICH, SOLANGE ANAHI c/ A'ZAEL S.A. s/DESPIDO
Despido: la actora reclamó indemnizaciones por despido sin causa y certificados art. 80 LCT. El Juzgado hizo lugar a la demanda, condenó a A’ZAEL S.A. a pagar $1.191.507,23 más intereses y a entregar los certificados art. 80, y condenó en costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
SOLANGE ANAHI BRONOVICH.
¿A quién se demanda?
A’ZAEL S.A.
- Objeto de la demanda: Indemnizaciones y accesorios por despido sin causa (arts. 232 y 245 LCT), duplicación indemnizatoria prevista por DNU 34/19 y prórrogas, salarios adeudados (febrero 2022), agravamiento por art. 2 Ley 25.323, entrega de certificados art. 80 LCT y costas/honorarios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a A’ZAEL S.A. a abonar a la Sra. BRONOVICH la suma de $1.191.507,23, con intereses moratorios desde el 01/03/22 hasta el efectivo pago; a entregar los certificados previstos en el art. 80 LCT dentro de los 30 días de notificada la sentencia; costas a cargo de la demandada; y regulación de honorarios por $2.755.766 (actora) y $1.695.856 (demandada).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales):
"no resulta materia de debate que la reclamante y la accionada se hallaron relacionados por un contrato de trabajo que se disolvió por denuncia del empleador el 01/03/2022 sin expresiòn causa, conforme reconocimiento de la misiva Nro. CD176820502..." (Considerando I).
"ante el despido de la Sra. BORNOVICH sin expresiòn de causa, y que no se invoca ni se desprende de las constancias arrimadas a autos, que la demandada haya acreditado el pago de las acreencias reclamadas con ninguna prueba idónea, no cabe sino admitir la acción en cuanto persigue las indemnizaciones previstas en los arts. 232 y 245 de la LCT." (Considerando II).
"procederá la que procura el agravamiento que sobre aquéllas prescribe el art. 2º de la ley 25.323, ya que la actora intimó al pago de lo debido, sin que se cumpliera tal obligación por parte del accionado..." (Considerando II).
"Tambièn corresponde receptar la pretensión de la actora respecto de la entrega de los certificados del art. 80 LCT, habida cuenta de que se comprueba el incumplimiento ante la intimación..." (Considerando II).
Cálculo y montos admitidos (Considerando III): listado de rubros admitidos y sus importes: ART. 245 LCT $271.053,78; ART. 232 LCT $90.351,26; SAC s/ART. 232 LCT $7.529,27; FEBRERO DE 2022 $90.351,26; ART. 2 LEY 25323 $184.467,15; DNU 34/19 Y PRORROGAS $276.700,73; ART. 80 LCT $271.053,78; TOTAL $1.191.507,23.
Sobre intereses y tasa: "Este importe devengará intereses moratorios desde el 01/03/22 (art. 255 bis LCT) ... conforme la tasa pasiva determinada por el BCRA ... en cuanto al límite máximo (inc. B) y el valor mínimo (inc. C)..." (Considerando III-IV).
- Disidencias: no se consignan votos en disidencia; la sentencia es dictada por la Jueza Subrogante y constituye el pronunciamiento de primera instancia.
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