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ABACA, ELIZABETH GLADYS c/ MACAMAX S.A. Y OTROS s/DESPIDO

Acción por despido en la que las partes celebraron un acuerdo conciliatorio por $22.000.000. La Cámara homologó el acuerdo del 21/09/2026, eximió a las demandadas del pago de la tasa de justicia, las condenó al pago de las costas y reguló honorarios, incluida la suma de $1.875.960 a favor de la perito contadora.

Costas Acuerdo conciliatorio Tasa de justicia Despido Uma Homologacion de acuerdo Pago en cuotas Camara nacional de apelaciones del trabajo Honorarios perito Art. 15 lct


¿Quién es el actor?

ABACA, ELIZABETH GLADYS.

¿A quién se demanda?

MACAMAX S.A. y otros (entre ellos Guillermo Javier Airocchi, codemandado que ratificó).
- Objeto de la demanda: reclamo laboral por despido.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo homologó, en cuanto corresponde por derecho, el acuerdo conciliatorio presentado por las partes el 21/09/2026 por la suma total de PESOS VEINTIDÓS MILLONES ($22.000.000,00); eximió a las demandadas del pago de la tasa de justicia (art. 42 LO); impuso las costas a cargo de las demandadas; dejó constancia del reconocimiento de honorarios a favor de la dirección letrada de la actora y reguló los honorarios de la perito contadora en $1.875.960 (18 UMAs) a valores actuales; y tuvo presente las demás manifestaciones de las partes.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "I.
- Los términos del citado acuerdo, analizados atendiendo los antecedentes de la causa como así también el monto al cual arriban las partes (PESOS VEINTIDOS MILLONES ($22.000.000,00), se estima que las mismas han llegado a una justa composición de sus derechos e intereses (conf. art. 15 LCT)." "II.
- Cabe tener presente lo manifestado con relación a la forma de pago acordada, en dos cuotas iguales de $11.000.000, la primera de ellas abonándose a las 72 hs de la homologación del presente acuerdo y la segunda, a los 30 días corridos de la primera, ambas mediante depósito judicial. También se tiene presente, lo pactado por las partes para el caso de incumplimiento del presente acuerdo." "V.
- Conforme a lo establecido en el art. 42 de la L.O., exímase a las demandadas del pago de la tasa de justicia." Además, el tribunal ordenó: "regular a favor de la perito contadora la suma de $1.875.960 (18 UMAs) a valores actuales (conf. Res. SGA 1930/2026 y Ac. 20/2026 CSJN)."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el pronunciamiento final. La parte resolutiva es la decisión del Tribunal y prevalece sobre propuestas individuales.

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