SORIA, CARMEN VICTORIA c/ ASOCIACION CIVIL MATER DEI s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido injustificado y entrega de certificaciones laborales contra Asociación Civil Mater Dei. El Juzgado Nacional de Primera Instancia rechazó la demanda y concluyó que el despido por ausencias no justificadas, la incomparecencia al control médico y antecedentes disciplinarios revestían entidad suficiente para configurar justa causa, acreditándose además la liquidación final y la entrega de certificados.
¿Quién es el actor?
Carmen Victoria Soria.
¿A quién se demanda?
Asociación Civil Mater Dei.
- Objeto de la demanda: Reclamo de créditos derivados de despido directo que la actora considera injustificado (indemnizaciones, días trabajados, SAC proporcional, vacaciones proporcionales) y entrega de certificaciones previstas en el art. 80 LCT.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda interpuesta por Carmen Victoria Soria contra Asociación Civil Mater Dei; se distribuyeron las costas en el orden causado; se regularon honorarios en las sumas indicadas. El tribunal consideró que la carta documento del 05/05/2020 individualizó suficientes hechos y que las inasistencias y la omisión de justificar médicamente las mismas, la incomparecencia al control médico y antecedentes disciplinarios justificaron la extinción por justa causa; además se acreditó el pago de la liquidación final y la entrega de los certificados laborales, por lo que esas pretensiones resultaron improcedentes o carentes de objeto.
- Fundamentos principales (transcripciones textuales relevantes):
"En efecto, mediante carta documento CD 046592888 del 05/05/2020, la empleadora comunicó a Carmen Victoria Soria: 'En atención a sus ausencias sin aviso ni justificación de los días 21/03/2020 al 24/03/2020, 28/03/2020, 31/03/2020, 02/04/2020, 19/04/2020 al 03/05/2020... Ud. aún no ha presentado certificado alguno que justifique los motivos por los cuales Ud. se ausentó en esas oportunidades; todo lo cual constituye falta grave...'"
"Sentado ello, advierto que la comunicación satisface las exigencias formales previstas para la denuncia del contrato de trabajo fundada en justa causa. En efecto, fue efectuada por escrito y contiene una individualización suficientemente concreta de los hechos que la empleadora atribuyó a la trabajadora..."
"De tal modo, si bien existen elementos que dan cuenta de antecedentes y episodios respiratorios, no se produjo prueba médica que permita concluir que Soria padeciera asma crónica, asma moderada o severa, ni otra patología respiratoria de las que invocó como fundamento para considerarse dispensada de concurrir. En otras palabras, la condición médica sobre cuya base la trabajadora decidió no prestar tareas no fue acreditada ante su empleadora antes de la ruptura y tampoco logró ser demostrada posteriormente durante el trámite de estas actuaciones."
"En definitiva, valorados los hechos en su conjunto, tengo por demostrado que Soria se ausentó durante el período indicado invocando encontrarse comprendida dentro de un grupo de riesgo; que, pese a los requerimientos que le fueron efectuados, no acreditó ante su empleadora la patología respiratoria que sustentaba aquella invocación; que tampoco logró demostrar posteriormente en autos padecer asma crónica ni otra afección de las características alegadas; que no concurrió al control médico dispuesto específicamente para verificar su condición por la sola circunstancia de coincidirle con una actividad académica; y que registraba antecedentes disciplinarios relacionados con incumplimientos de similar naturaleza. Tales circunstancias, apreciadas conjuntamente y en el contexto en que se desarrollaba la prestación, revisten entidad suficiente para considerar configurada una injuria que impedía razonablemente la prosecución del vínculo y, por consiguiente, justificó la decisión extintiva adoptada por Asociación Civil Mater Dei."
- Votos en disidencia: No constan disidencias; la resolución es de sentencia única.
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