LEAL SERGIO OMAR Y OTROS c/ ANSES Y OTRO s/PENSIONES
Los actores, veteranos de guerra, reclamaron el pago retroactivo de la pensión honorífica por reconocimiento histórico desde el 2/4/1982 hasta la sanción de la ley 24.652. El Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo lugar a la demanda, revocó el acto administrativo impugnado, ordenó a ANSeS dictar nueva resolución en 30 días, rechazó la prescripción y condenó en costas a ANSeS.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Leal Sergio Omar y otros (veteranos de guerra), representados por apoderado.
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y otro.
Objeto: Pago de los haberes correspondientes a la pensión honorífica de veterano de guerra por "reconocimiento histórico" en forma retroactiva desde el 2 de abril de 1982 hasta la vigencia de la ley 24.652 (28/6/1996), y declaración de inconstitucionalidad de normas conexas.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se revocó el acto administrativo impugnado y se ordenó a la demandada que, dentro de los 30 días de quedar firme la sentencia, dicte una nueva resolución conforme al decisorio; se rechazó la excepción de prescripción opuesta por la demandada; costas a ANSeS conforme art. 36 de la ley 27423; regulación de honorarios de la Dirección Letrada de la parte actora en el 15% del importe del crédito que resulte a favor del reclamante, con las aclaraciones previstas en el decisorio. (La redacción del decisorio integra y prevalece sobre cualquier propuesta de voto individual.)
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia):
1) "Que la intención del legislador fue establecer un reconocimiento y reivindicación históricos, y ello carecería de sentido y hasta resultaría contradictorio que se considerara veterano de guerra a partir del día de la presentación de solicitud y no desde el mismo día en que cesó el conflicto."
2) "Por tales razones, el art.5º del decreto 2634/90 excede la potestad reglamentaria de la ley 23.848, por cuanto desnaturaliza el verdadero objetivo y la intención del legislador, que no fue otra que reconocer y reivindicar a quienes participaron de la guerra, a través de una pensión honorífica de carácter no contributivo."
3) "De lo reseñado se sigue que con el reconocimiento efectuado lisa y llanamente se ha interrumpido el término de prescripción invocado. Por ello, no corresponde hacer lugar a la excepción opuesta por la demandada."
4) Sobre intereses: "deberán calcularse desde que cada suma fuere debida y hasta su efectivo pago, conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. CS 'Spitale, Josefa Elida', en Fallos 327:3721) y 'Cahais, Ruben Osvaldo c/Anses s/reajustes varios' del 18/04/2017."
5) Sobre costas y honorarios: "aplicaré lo dispuesto en el precedente 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/impugnación de acto administrativo'... En consecuencia, declaro su inconstitucionalidad e impongo las mismas en el marco del art. 36 de la ley ultima citada... Remitiré a los criterios del art. 1255 del CCyCN... procederé a regular así los estipendios..."
- Votos en disidencia: No consta voto en disidencia en el decisorio final que se transcribe; la decisión es del Juzgado Federal de la Seguridad Social N°9 en los términos del bloque resolutorio.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: