GONZALEZ DA SILVA GABRIEL Y OTROS c/ MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Y OTRO s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA
Acción meramente declarativa contra ANSES por inconstitucionalidad del art. 6 de la Ley 27.546 que modificó el art. 31 de la Ley 24.018; se reclamaba devolución de retenciones e inaplicabilidad del incremento del aporte. El Juzgado hizo lugar parcialmente, declaró no inconstitucional el texto pero ordenó que la liquidación se efectúe diferenciando el aporte (11% sobre tope del régimen general y 7% sobre el resto del salario bruto), ordenó a ANSES y organismos de retención implementar y comunicar la metodología y declaró abstracta la acción respecto de otro actor.
¿Quién es el actor?
GONZALEZ DA SILVA (Gabriel).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y AFIP (organismos de retención).
- Objeto de la demanda: Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad del art. 6 de la Ley 27.546 (que modifica el art. 31 de la Ley 24.018), por incrementar en 7 puntos la alícuota de aportes personales de magistrados y funcionarios; petitorio subsidiario de reintegro de sumas retenidas con intereses.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la acción; se desestimó el planteo de inconstitucionalidad en el contenido del artículo cuestionado pero se dispuso que la liquidación debe efectuarse aplicando la diferenciación explicada en los considerandos (11% sobre el tope sujeto a aportes del régimen general y el 7% restante sobre la remuneración bruta total). Se ordenó a ANSES y a los organismos de retención implementar, generar y comunicar la metodología; se declaró abstracta la cuestión respecto del actor GONZALEZ DEL CAMPO; se impusieron las costas por su orden y se regularon honorarios por $1.059.910 (10 UMA).
- Fundamentos principales (extractos textuales relevantes):
"la operatoria de descuento al que se refiere el art. 6 de la ley 27546, impone la retención del 11% sobre el tope de salarios sujeto a aportes según la ley 24.241 y el 7% restante, sobre el bruto salarial percibido."
"La elección de estos regímenes especiales no es antojadiza... si el sistema general establece un tope máximo imponible, entonces debe entenderse que cualquier régimen especial no puede ignorar totalmente ese principio sin fundamentación técnica."
"La doctrina de la abstracción encuentra fundamento, asimismo, en la proscripción de los denominados agravios conjeturales o hipotéticos... no corresponde pronunciarse cuando el daño invocado aparece como meramente eventual, futuro o dependiente de circunstancias inciertas."
"Por lo expuesto, citas legales y jurisprudenciales, RESUELVO: 1) Hacer lugar parcialmente a la acción del actor GONZALEZ DA SILVA contra la ANSES, desestimando el planteo de inconstitucionalidad... 2) Ordenar a que implemente, genere y comunique la metodología referida... 4) Declarar abstracta la cuestión debatida en autos en relación al actor GONZALEZ DEL CAMPO..."
- Disidencias: no consta voto en disidencia; la resolución es del Juez Federal que firma la sentencia.
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