VIEIRA ROSSANA c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La actora demandó para que se declare la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 que elevó el aporte previsional del 8% al 11% y se ordene la devolución de lo descontado. El Juzgado Federal de la Seguridad Social 9 hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional el Decreto 679/97, ordenó el cese inmediato de su aplicación y la devolución de las sumas descontadas en el plazo de 90 días, con liquidación retroactiva y costas a la vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: VIEIRA ROSSANA.
Demandado: Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal / Estado Nacional – Ministerio de Seguridad – CRJPPFA.
Objeto: Se pretende que se declare la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 (que elevó el aporte previsional del 8% al 11%), se ordene el cese inmediato del descuento y la devolución de las sumas retenidas por dicho incremento, con sus intereses, y la liquidación retroactiva de los importes adeudados.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda, se declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 que elevó el aporte previsional del 8% al 11%, se ordenó el cese inmediato de su aplicación y la devolución de las sumas descontadas dentro de los 90 días desde la notificación. Además se ordenó practicar la liquidación de las sumas retroactivas adeudadas y activar los mecanismos para su cobro; costas a la vencida y regulación de honorarios conforme dispone la sentencia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"…la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dictado con fecha 07/10/21 el fallo 'Pino Seberino y otros c/Estado Nacional – Ministerio del Interior s/Personal militar y civil de las FFAA y de Seg' donde el tribunal sostuvo en el pto. 7 del Considerando que '…con relación a los agravios que se dirigen a cuestionar la validez del aporte personal fijado por la ley 22.788 con fundamento en que hasta el dictado de esa norma los retirados y pensionados de la Gendarmería Nacional no estaban obligados a realizarlo, resulta de aplicación la doctrina de este Tribunal según la cual la modificación de una norma constitucional, pues nadie tiene derecho adquirido al mantenimiento de leyes o reglamentos, ni a su inalterabilidad (Fallos: 315:839; 327:5002; 338:757), más aún cuando la imposición de dicha carga se sustenta en razones de interés colectivo y manifiesto carácter asistencial…'."
"En tales condiciones, corresponde declarar la inconstitucionalidad del decreto 679/97".
"1) Hago lugar a la demanda incoada en relación al descuento impuesto por el Decreto 679/97 y remitiéndome por razones de economía procesal al fallo de la Excma. CSJN 'PINO SEBERINO Y OTROS C/E.N-MINISTERIO DEL INTERIOR' de fecha 07/10/2021. En consecuencia, declárese la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 que elevó el aporte previsional del 8% al 11%, ordénese el cese inmediato de su aplicación y la devolución de las sumas descontadas en el término de 90 días desde la notificación de la presente."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el expediente; la resolución es de un juez de primera instancia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: