Logo

BENEVENTANO RICARDO SALVADOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor Ricardo Salvador Beneventano demandó a la ANSeS solicitando el reajuste de sus haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de diversas normas. El Juzgado Federal de la Seguridad Social Nº9 hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de los topes cuestionados, ordenó a ANSeS a proceder a la liquidación en 120 días desde la firmeza, confirmó la validez del sistema de movilidad del Decreto 274/24 y rechazó el pedido de pago de suplementos extraordinarios.

Intereses Prescripcion Inconstitucionalidad Anses Reajustes previsionales Prestacion compensatoria Suplementos extraordinarios Decreto 274/24 Honorarios (art.1255 ccycn). Tope/haber maximo

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: BENEVENTANO, RICARDO SALVADOR. Demandado: ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS). Objeto: Reajuste de haberes previsionales asignados por ANSeS en el marco de la ley 24.241, impugnación de la constitucionalidad de normas aplicables y pago de las diferencias resultantes (incluyendo, entre otros, cuestionamientos sobre topes, el cálculo de la PBU, la Prestación Compensatoria y suplementos extraordinarios). Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de los topes tratados; se ordenó a ANSeS que, en el plazo de 120 días desde que exista sentencia firme, proceda conforme lo dispuesto; los haberes modificados deberán abonarse dentro de ese plazo; para el cómputo de acreencias retroactivas ANSeS deberá contemplar los intereses fijados y la prescripción aplicada; se confirmó la validez del sistema de movilidad del Decreto 274/24; se rechazó la pretensión de abonar los suplementos extraordinarios; costas a ANSeS; y se regularon honorarios conforme al art. 1255 CCyCN en 15% del crédito que resulte a favor del reclamante (con reglas sobre IVA y mínimos).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los 2-3 párrafos más relevantes, en lenguaje original del tribunal): 1) "La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad
- de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito
- y hago lugar a la misma para el caso de existir sumas en favor del reclamante, desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio." 2) "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto." 3) "En tal contexto, la determinación de dichos destinatarios de este tipo de medidas, se inscribe dentro de las atribuciones propias del Estado para diseñar e implementar políticas económicas y sociales diferenciadas... En consecuencia, la exclusión de quienes superan el umbral fijado por la normativa no puede reputarse arbitraria en tanto responde a la finalidad redistributiva que inspira la medida... Concluyo que admitir la pretensión de la parte actora, implica desnaturalizar la finalidad del refuerzo previsional, transformando un instrumento excepcional de política social focalizada en un incremento generalizado de las prestaciones previsionales."
- Disidencias relevantes: No se registra voto en disidencia en el texto aportado; la parte resolutiva es dictada por el juez único firmante y prevalece sobre eventuales propuestas alternativas de voto.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar