ARRIETA HECTOR ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSeS por reajustes de haberes previsionales y declaración de inconstitucionalidad de topes y normas reglamentarias. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda: ordenó a ANSeS recalcular y, si corresponde, pagar acreencias dentro de 120 días desde sentencia firme, confirmó la validez del sistema de movilidad del Decreto 274/24 y rechazó el reclamo de suplementos extraordinarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Arrieta Héctor Alberto.
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
Objeto: Reajuste de haberes previsionales asignados por ANSeS en el marco de la ley 24.241; declaración de inconstitucionalidad de diversos topes y normas reglamentarias; pago de diferencias y suplementos/refuerzos previsionales; reserva del caso federal.
Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de los topes discutidos y se ordenó a ANSeS a proceder, dentro de ciento veinte días desde que exista sentencia firme, conforme a lo dispuesto en el decisorio; los haberes que resulten modificados deberán abonarse en ese plazo; las acreencias retroactivas deberán computarse con los intereses fijados y atendiendo la prescripción; se confirmó la validez del sistema de movilidad del Decreto 274/24; se rechazó la pretensión de cobrar los suplementos extraordinarios; costas a ANSeS (art. 36 ley 27423); y se regularon honorarios (art. 1255 CCyCN, 15% del importe del crédito que resulte a favor del actor, con IVA y conformación con escala de art. 21 si correspondiere).
- Fundamentos principales (transcripción de 2-3 párrafos relevantes y citas textuales):
"2. La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad
- de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito
- y hago lugar a la misma para el caso de existir sumas en favor del reclamante, desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio."
"4. Debo referir en relación a la pretensión de actualización del componente PBU, que dejo a salvo mi criterio por el que entiendo que en virtud de lo dispuesto por el artículo 4º de la ley 26417, la PBU dejó de estar vinculada con el valor del AMPO /MOPRE, y pasó a tener un valor fijo ($326).... Sobre esta base, por cuestiones de economía, celeridad procesal y seguridad jurídica, lo pretendido queda subsumido en esos precedentes..."
"7. En lo que respecta a la movilidad del haber que pudiere quedar redeterminado en base a lo resuelto hasta ahora, será de aplicación lo dispuesto en el Decreto 274/24, siguientes y concordantes; que fijan el IPC como regla de movilidad... Por lo que corresponde ratificar su validez constitucional."
"10.d) ...El artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09 dispone que: '…las remuneraciones actualizadas no deberán superar el monto máximo de la base imponible establecida en el artículo 9º de la ley 24.241, vigente a la fecha de cesación de servicios...' Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto."
Disposición dispositiva final (extracto): "RESUELVO: 1) Hago lugar parcialmente a la demanda interpuesta, en particular sobre los topes tratados... 4) Confirmar la validez del sistema de movilidad del Decreto 274/24. ... 6) Rechazar la pretensión relacionada con abonar al presentante los suplementos extraordinarios. 7) Costas a la ANSeS (art. 36 ley 27423). 8) Regúlanse de honorarios... por aplicación del Art. 1255 del CCyCN en el 15% del importe del crédito..."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el expediente; la resolución es única y la parte resolutiva final prevalece.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: