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DELGADO GRISELDA RAQUEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a la A.N.Se.S. solicitando el reajuste y recálculo de su haber jubilatorio. El Juzgado Federal de la Seguridad Social n.º 6 hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó la redeterminación del haber inicial conforme a pautas fijadas y el pago de las diferencias desde el 16/04/2024, declarando asimismo la inconstitucionalidad de arts. 26 L.24.241 y 9 L.24.463 si su aplicación produjese una merma superior al 15%.

Intereses Anses Confiscatoriedad Exencion impuesto a las ganancias Reajuste previsional Pbu Redeterminacion de haber Prescripcion art.82 l.18.037 Art. 26 l.24.241 Art. 9 l.24.463


¿Quién es el actor?

Delgado Griselda Raquel (parte actora).

¿A quién se demanda?

A.N.Se.S. (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Se reclamó el recálculo y reajuste del haber jubilatorio obtenido bajo la ley 24.241, con la actualización de remuneraciones computadas, aplicación de pautas de movilidad y pago de retroactivos con intereses; además se impugnaron topes máximos y se planteó la inconstitucionalidad de varias normas por afectar la integralidad y proporcionalidad del haber.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se ordenó a la A.N.Se.S. que redetermine el haber inicial y lo reajuste según las pautas fijadas en los considerandos; se desestimó la excepción de prescripción (art. 82 ley 18.037); se declaró la inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241 y del art. 9 de la ley 24.463 para el caso de que su aplicación provoque una merma superior al 15% respecto del haber de la actora; se ordenó pagar las diferencias con intereses desde el 16/04/2024 en el plazo del art. 22 L.24.463 (mod. L.26.153); costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios para la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "La cuestión a resolver se centra en determinar si la aplicación del método previsto por la referida ley y sus reglamentaciones ha asegurado, en el caso, la vigencia de las garantías contempladas por el art. 14 bis de la Constitución Nacional y en consecuencia, si procede o no la recomposición del haber previsional en los términos solicitados." "En virtud de lo anterior, a fin de evitar un dispendio jurisdiccional, estimo adecuado aplicar la referida doctrina y ordenar la actualización de la PBU de acuerdo con el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el citado fallo 'Badaro'... En el supuesto en que dicho porcentaje supere el 15% corresponderá abonar la PBU reajustada al acreditarse la confiscatoriedad requerida (conf. 'Actis Caporale...')." "No obstante, entiendo que respecto de la referida actualización, resulta inconstitucional el tope dispuesto por el art. 4 de la Res. SSS 3/21... ya que importa un exceso reglamentario contrario al espíritu del art. 24 de la ley 24.241, al fijar un límite no previsto en esta norma." "Por ende, deberá redeterminarse en este aspecto el haber, en el supuesto en que se hubiere limitado la actualización de las remuneraciones por aplicación de la mencionada disposición." "Con respecto al impuesto a las ganancias... estimo que debe estarse al criterio sustentado por el Alto Tribunal... y declarar exentas de dicha retención a las retroactividades que surjan en favor de la parte actora."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el texto; la decisión corresponde al juez federal subrogante que firma la sentencia.

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