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MEDINA SANTILLAN MARIA ANGELICA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES por reajustes varios de haberes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso de apelación y confirmó la sentencia de primera instancia, ordenando costas en la alzada y fijando honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que corresponda en primera instancia.

Costas Recurso de apelacion Honorarios Seguridad social Anses Reajustes Pbu Inadmisibilidad por falta de fundamentacion Ley 27.423 Cpccn arts. 68 y 271


¿Quién es el actor?

MEDINA SANTILLAN MARIA ANGELICA (la actora).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: reclamo por "REAJUSTES VARIOS" (cuestiones relativas a PBU, leyes 26.417, 27.426, 27.541, recálculo del haber inicial, inexistente tasa de interés, prescripción y la forma en que fueron impuestas las costas).

¿Qué se resolvió?

El Tribunal resolvió rechazar el recurso interpuesto y confirmar la sentencia en lo demás que decide y fue materia de agravios; dispuso costas por su orden en la alzada y determinó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual del fallo): "II. Que no procede formular consideración alguna respecto del memorial de la recurrente, en torno a los agravios de la parte actora toda vez que carece de la debida fundamentación, pues no contiene una crítica concreta y razonada de las partes de la resolución del a quo que el apelante considera equivocadas, así como tampoco demuestra arbitrariedad, irrazonabilidad suficiente o indefensión en que hubiere eventualmente incurrido el decisorio, por lo que no corresponde proceder a la apertura de la instancia, (art. 265, 266 CPCCN y Fallos 244:548 y 283:31, entre otros)." "III.Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa FCR 21049166/2011/CS1, in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (Fallos: 346:634), en la cual, en el marco de un proceso vinculado al reconocimiento de un beneficio de pensión por fallecimiento, ratificó la vigencia del artículo 36 de la ley 27.423. En este sentido sostuvo que '…se revoca la sentencia respecto de lo resuelto sobre las costas de la primera instancia y se la confirma en lo referente a las costas de la alzada y a la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del decreto de necesidad y urgencia 157/2018 …'." "IV. Sin perjuicio de lo que aquí, se resuelve, conforme lo dispone expresamente el art 271 del CPCCN, esta Alzada examinó sólo los planteos de hecho y de derecho conducentes... sometidos a la decisión del juez de primera instancia que fueron materia de agravios, encontrándose el Tribunal limitado en ese sentido y no pudiendo excederse de dicha medida; por lo que, las restantes cuestiones decididas que no han sido materia de tratamiento en la presente deberán, en el momento procesal oportuno, abordarse de manera integral por el juez de grado."
- Disidencia / abstención relevante: Se deja constancia que la Dra. Alicia I. Braghini no suscribe la presente por haberse excusado (art. 109 RJN). No consta voto en disidencia de los magistrados que integran la resolución mayoritaria.

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