FASANO ROBERTO ERNESTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES solicitando reajustes varios de su Prestación Básica Universal y la declaración de inconstitucionalidad de normas de movilidad previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, difirió el examen de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 y del art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución, confirmó lo demás, impuso costas a ANSES y reguló honorarios (30% de lo fijado en primera instancia más IVA).
¿Quién es el actor?
Fasano Roberto Ernesto (titular de prestación previsional; Fecha de Adquisición de Beneficio: 24/11/2017).
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios — actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), cuestionamiento de normas de movilidad previsional (Ley 27.609, Ley 27.541 y decretos), declaración de inconstitucionalidad de normas y medidas (art. 9 ley 24.463, art. 26 ley 24.241, DNU 274/2024), aplicación de índices de actualización y reglas sobre bonos/refuerzos extraordinarios; impuesto a las ganancias; costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada conforme sus considerandos; diferió para la etapa de ejecución el examen de la inconstitucionalidad de la movilidad establecida por la Ley 27.609 y la incorporación de “bonos” o refuerzos extraordinarios; difirió para la etapa de ejecución la evaluación de la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241; confirmó en lo demás lo resuelto en primera instancia; impuso las costas de ambas instancias a la demandada conforme doctrina de la CSJN (“Morales Blanca Azucena”); reguló honorarios en favor del letrado actor en el 30% de lo fijado en la instancia anterior más IVA y devolvió las actuaciones al Juzgado de origen. (Los meses específicamente señalados para recomposición parcial son enero y febrero de 2021.)
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
1) “Por ello, se confirma lo resuelto por la sentenciante de grado.”
2) “En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución.”
3) “En virtud de lo esbozado, entiendo que el planteo de la actora exige un análisis más profundo y contextualizado que resulta prematuro en esta instancia, máxime que no se encuentra efectivamente determinado el haber inicial de quien acciona y que se ha ordenado diferir el tratamiento del pedido de inconstitucionalidad de la ley 27.609.”
4) “En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 ... en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% –límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente– y se confirma lo resuelto en la instancia de grado.”
- Votos/diferencias: La Doctora Nora C. Dorado expuso los fundamentos centrales y propuso la solución que integra la resolución final; el Dr. Juan A. Fantini adhirió en lo general pero efectuó una salvedad respecto de la recomposición del haber de enero y febrero de 2021 (remitiendo a precedentes propios y disponiendo la revocación en ese punto), y el Dr. Walter F. Carnota adhirió al voto principal. La decisión consignada en la parte resolutiva es la acordada por mayoría y prevalece sobre propuestas o matices de votos individuales.
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