GOMEZ CAROLINA AZUCENA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
La actora promovió amparo contra ANSES solicitando el reajuste del beneficio y el pago de sumas retroactivas con intereses. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia, ordenando el reajuste, el pago de las diferencias con intereses, costas a la demandada y regular honorarios por el 30% de lo regulado en grado.
¿Quién es el actor?
GÓMEZ, Carolina Azucena.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: acción de amparo para que ANSES reajuste el beneficio de la titular (renta vitalicia previsional) y abone las diferencias retroactivas resultantes con sus intereses, y que se ordene cumplimiento en plazo.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado en todos los puntos objeto de agravios; impuso las costas de Alzada a la demandada; reguló los honorarios de la representación letrada de la actora en el 30% de lo regulado para la instancia de grado (más IVA si corresponde) y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"En cuanto al plazo de caducidad invocado, el Alto Tribunal ha expresado en autos: 'Tejera, Valeria Fernanda c/ ANSES y otro s/varios', sent. del 22/3/2018, que el plazo de caducidad contemplado en el arto 2°, inc. e, de la ley 16.986 no puede constituir un impedimento insalvable cuando -como en el caso
- con la acción incoada se enjuicia una arbitrariedad o ilegalidad periódica o continuada (Fallos: 324: 3074; 329:4918 y 338:1092)."
"En relación al fondo de la cuestión debatida, es indudable que el derecho fundamental violado de la amparista surge de la propia Constitución Nacional, art. 14 bis, de obtener una jubilación digna, que le permita subsistir... La permanencia en el tiempo, es evidente pues cada mes, el deteriorado monto del haber es percibido por el accionante, renovándose la arbitrariedad."
"Resulta aplicable al caso la doctrina del Alto Tribunal en autos 'Deprati, Adrián Francisco c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos'... 'corresponde al Estado... garantizar el cumplimiento de aquel precepto e integrar las sumas necesarias para cubrir la diferencias existentes entre los montos percibidos por el actor y los que hubiera debido percibir si se hubieran aplicado las leyes, decretos y resoluciones antes citados'... Por tal motivo, corresponde confirmar lo decidido por la 'a quo'."
- Disidencias: No consta voto en disidencia en el texto; la resolución es colegiada y el bloque final expresa la decisión mayoritaria.
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