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GALANTE LUIS EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Demanda contra ANSeS por reajustes de haberes y recalculo del haber inicial. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado para ordenar la actualización de aportes autónomos y diferir para ejecución el tratamiento del precedente Villanustre y del art. 26 de la Ley 24.241, confirmando lo demás y regulando costas y honorarios.

Costas Honorarios Inconstitucionalidad Anses Prestacion basica universal Actualizacion de remuneraciones Villanustre Aportes autonomos Reajustes varios Ley 24.241


¿Quién es el actor?

GALANTE LUIS EDUARDO.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios y recalculo del haber previsional inicial (incluyendo actualización de remuneraciones consideradas, PBU, aportes autónomos, y otros ajustes vinculados con normas y precedentes).

¿Qué se resolvió?

La Cámara parcialmente revocó la sentencia apelada para ordenar la actualización de los aportes autónomos, diferir para la etapa de ejecución el tratamiento del precedente "Villanustre" y del art. 26 de la Ley 24.241, diferir la regulación de honorarios de primera instancia, confirmar lo resuelto en lo demás, imponer costas de Alzada por su orden y regular honorarios de la letrada actora en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia con más IVA si corresponde; devolver las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): 1) "En lo que respecta a los aportes efectuados bajo el régimen anterior, cabe atender a la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo 'Volonté, Luis Mario s/ jubilación' (28/3/1985), donde se sostuvo que la normativa que diluye el mayor esfuerzo contributivo realizado mediante el ingreso a categorías superiores resulta violatoria de los principios de razonabilidad, igualdad y sustitutividad del haber..." 2) "Sobre tales bases, corresponde actualizar los aportes autónomos anteriores a julio de 1994 manteniendo la proporción existente entre las categorías en que revistió el afiliado y el haber mínimo de bolsillo vigente en la fecha en que cada aporte resultó exigible, a fin de preservar la equivalencia sustitutiva entre el esfuerzo contributivo y el haber resultante. Por ende, se revoca lo dispuesto en la instancia de grado." 3) "En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSes. Esta Sala se ha pronunciado en la causa 'Berardi'... '…para la redeterminación de la Prestación Básica Universal como integrante del haber inicial habrá de aplicarse el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente “Badaro Adolfo Valentín”... hasta la fecha de adquisición del beneficio o hasta la fecha de la sanción de la Ley 26.417, lo que ocurra primero'. En consecuencia, se confirma el índice establecido en la instancia de grado." 4) Sobre otros aspectos procesales y de ejecución: "Difiérase el tratamiento de la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia, momento procesal en el cual se estará en condiciones de apreciar y constatar, con el debido rigor judicial, la existencia de un eventual perjuicio concreto derivado de su aplicación..."
- Disidencias: El Dr. Juan A. Fantini adhirió al voto mayoritario con excepción de lo resuelto respecto de la recomposición del haber de enero 2021 (es decir, tuvo una discrepancia puntual sobre ese punto), pero la decisión que obra en la parte resolutiva es la acordada por mayoría.

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